Lectura 3:00 min
Perderán lo obtenido por corrupción
La reforma constitucional en materia anticorrupción cuya minuta se discute en la Cámara de Diputados establecería que respecto de los bienes de funcionarios públicos derivados de enriquecimiento ilícito procedería la extinción de dominio, no el decomiso.
La reforma constitucional en materia anticorrupción cuya minuta se discute en la Cámara de Diputados establecería que respecto de los bienes de funcionarios públicos derivados de enriquecimiento ilícito procedería la extinción de dominio, no el decomiso.
Los cambios legales pendientes dirigidos a combatir la corrupción institucional se pretenden concretar antes del próximo día 30, fecha en que termina el actual periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.
Y es que a la fecha, de acuerdo con los diputados federales, constituye un verdadero problema imponer de manera efectiva sanciones a los servidores públicos que cometen actos de corrupción, en especial el delito de enriquecimiento ilícito.
De ahí la intención de otorgar mayores herramientas para el combate del delito más deshonroso del servicio público, ya que se estima que el incremento injustificado e ilegítimo del patrimonio redunda en perjuicio de los principios básicos de honradez, lealtad y legalidad, y de la confianza ciudadana depositada en los funcionarios públicos.
La enmienda en ciernes busca establecer que el procedimiento de extinción de dominio se aplicaría a los bienes derivados del delito de enriquecimiento ilícito.
Actualmente, la vía para sancionar dicho delito es el decomiso , figura jurídica que si bien en algunos casos resulta efectiva, pocas veces termina por ser expedita, porque se requiere de la determinación firme de la autoridad judicial en la causa penal, lo que implica que su ejecución esté relacionada directamente con el proceso que se sigue contra el servidor público.
Es decir, sólo hasta que se decreta la culpabilidad plena de la persona, procede ejecutar el decomiso.
Es muy común el caso de aquellos servidores públicos que recurren a todas las vías legales no tanto para comprobar su inocencia, sino para impedir la imposición de una sanción penal. Esto invariablemente está ligado a retrasar la ejecución del decomiso o su imposición, aun cuando no pueda comprobarse la legal posesión de bienes que se hayan adquirido durante una gestión pública cuestionada por actos de corrupción, cita.
Desde la óptica de los legisladores, las complicaciones procesales actuales se superarían si se sanciona el enriquecimiento ilícito a través de la extinción de dominio, porque se trata de un procedimiento autónomo de carácter penal, que se desvincula de la culpabilidad de la persona al enfocarse a sancionar únicamente los instrumentos, objetos y productos del delito.
rolando.ramos@eleconomista.mx