Lectura 2:00 min
Perfilan validar Ley de Extinción de Dominio
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila validar la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y estatales para legislar en materia de extinción de dominio. Esta norma permite al estado quitar bienes, muebles e inmuebles, empleados en un delito grave.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila validar la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y estatales para legislar en materia de extinción de dominio. Esta norma permite al estado quitar bienes, muebles e inmuebles, empleados en un delito grave.
Al dar entrada al estudio de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del DF (CDHDF) en contra de artículos 25, párrafo segundo, 26 y 34 de la Ley de Extinción de Dominio de la capital, seis de los 11 ministros se pronunciaron en favor de la facultad de la Asamblea para legislar en esta materia, pero acotaron que se aplicará en casos específicos.
Sin que se trate de normativa sustantiva en materia de delitos, ni de delincuencia organizada, ni de ningún otro tipo, porque no se prevé tipo penal alguno , expresó el ministro Luis María Aguilar.
Pero ello no significa que la Asamblea invada competencias en estas cuestiones penales, puesto que no se trata en la Ley de Extinción de Dominio cuestiones relativas a los tipos penales, al proceso, a las penas, sino a los bienes que están involucrados , expresó la ministra Olga Sánchez.
Previo a la discusión de fondo de los artículos impugnados, la SCJN determinó necesario discutir las facultades de la ALDF respecto de la extinción de dominio.
El proyecto de sentencia, presentado bajo la ponencia del Ministro Fernando Franco González, considera que la acción de inconstitucionalidad de la CDHDF considera que el recurso es procedente pero infundado.
De resolverse en favor, los ministros determinarían que los preceptos impugnados no violan los derechos de audiencia, acceso a la justicia, equilibrio procesal, ni faltan el respeto de los derechos de las víctimas, como lo argumentado por la Comisión local, que presentó su recurso en el 2010.
ana.langner@eleconomista.mx