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SCJN avala impuesto en apuestas y sorteos
El supremo tribunal negó el amparo a dos empresas que argumentaron violación a sus garantías individuales con el gravamen.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional que se cobre impuestos a las empresas que se dedican a realizar juegos con apuestas y sorteos.
La Primera Sala del alto tribunal declaró válido que se graven este tipo de servicios de acuerdo con la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
Los ministros negaron un amparo a dos empresas que argumentaron que este gravamen violaba las garantías constitucionales de seguridad jurídica, proporcionalidad y equidad tributaria.
En este sentido, la SCJN precisó que el Congreso de la Unión sí puede legislar en la materia, pues la Carta Magna no limita los impuestos que puede imponer la Federación con participación de las entidades.
Especificó que el IEPS constituye una tasa indirecta que es trasladable a los juegos con apuesta y sorteos, además que es válido tratar de forma diferente este tipo de empresas, que persiguen fines de lucro.
El tribunal ejemplificó que no se puede obligar al pago de impuestos a instituciones de asistencia o beneficencia o a asociaciones de carácter civil dedicadas a la enseñanza o que otorguen becas, que no persiguen fines de provecho económico.
La resolución indicó que si bien las entidades federativas no aplicarán los impuestos locales relacionados con el IEPS, existe una excepción con respecto a los juegos con apuestas.
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