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TEPJF emite bases de defensoría de indígenas
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer hoy las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer hoy las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
En el Diario Oficial de la Federación publicó que la creación de esta instancia es una protección jurídica especial que contribuirá a que pueblos y comunidades indígenas estén en aptitud de acceder en igualdad de condiciones a la jurisdicción electoral completa y efectiva para la defensa de sus derechos político-electorales.
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Expuso que el objetivo de la Defensoría Pública es prestar gratuitamente los servicios de defensa y asesoría electorales en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, ante las salas del Tribunal Electoral.
La Defensoría Pública estará integrada por un titular, que será nombrado por la Comisión de Administración a propuesta de su Presidencia y durará en su encargo cuatro años, con la posibilidad de prorrogarse en igual tiempo por una sola ocasión.
También conformarán esta instancia defensoras y defensores, que serán nombrados por la comisión de entre las y los aspirantes que obtengan los mejores resultados en los exámenes de ingreso y los concursos de oposición que se realicen; además del personal administrativo y de apoyo.
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Las funciones de esta instancia son proporcionar los servicios en el ámbito de su competencia; coadyuvar con el TEPJF al acceso pleno a la jurisdicción electoral, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, a fin de garantizar los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren.
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Además de procurar el respeto, la protección y la promoción del ejercicio de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas; orientarlos sobre la naturaleza, contenido y alcances de sus derechos y las demás que determine la comisión y la normativa aplicable.
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