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Validan en TEPJF acuerdo de paridad del Instituto Electoral
El magistrado Felipe Mata propuso que fueran cuatro las candidaturas obligatorias para mujeres a gubernaturas.
Por mayoría de tres votos, el TEPJF avaló el acuerdo emitido por INE que obliga a los partidos políticos nacionales a garantizar la paridad de género en las elecciones a gubernaturas, ello al postular, al menos, cinco mujeres en alguno de los nueve procesos electorales estatales a realizarse el próximo año.
Al desechar la impugnación presentada por el partido Movimiento Ciudadano, así como el proyecto de resolución del magistrado Felipe de la Mata, que buscaba que los partidos postularan a cuatro y no cinco mujeres, en ocho de las nueve gubernaturas, las y los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que para estos procesos electorales, los partidos políticos nacionales deben postular al menos cinco mujeres, mientras que los partidos políticos locales deberán alternar el género de su postulación con respecto al proceso electoral anterior.
Con los votos en contra de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera, los demás magistrados estuvieron de acuerdo con el planteamiento de que el INE sí tiene competencia para poner reglas al respecto.
Y es que Movimiento Ciudadano argumentó que este acuerdo debía ser invalidado ya que, en esencia, el INE no era competente para emitirlo, pues corresponde a los congresos federal y locales la regulación sobre las medidas de postulación paritaria. Además, argumentó que el INE violó el debido proceso al emitir el acuerdo, así como que las reglas implicaban una interpretación incorrecta del mandato de paridad de género y vulneraban su autonomía partidista.
Por tal motivo, los partidos políticos nacionales deberán postular al menos cinco mujeres como candidatas a las gubernaturas de Chiapas, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Yucatán, Veracruz y Jalisco, así como para la jefatura de gobierno de la Ciudad de México.
Debate
Durante el análisis, la magistrada Janine Otálora Malassis, defendió que no compartía del magistrado Felipe de la Mata de postular a cuatro mujeres, ya que, dijo, en las nueve entidades federativas que renuevan su Poder Ejecutivo el próximo año, de manera histórica únicamente ha habido tres gobernadoras electas, y dos interinas. “En otras palabras, la paridad es piso, no es techo”, subrayó.
Mientras que la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, expresó que estaba en contra del proyecto debido a que el principio de paridad ha sido ganado en la historia reciente de la democracia mexicana, por lo que “ineludiblemente” se tiene que priorizar la paridad a favor de las mujeres.
Finalmente, el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, reiteró que el INE, con algunos límites, sí cuenta con facultades para generar este tipo de criterios, al tiempo que reconoció que la discriminación estructural que han vivido las mujeres para ser postuladas, acceder y ejercer los cargos públicos, justifica que el Instituto Electoral busque cumplir la paridad horizontal a través de un acuerdo que favorece a las mujeres.
Los dos magistrados que votaron en contra consideraron que el INE era incompetente y debía ser la Sala Superior quien definiera los criterios para garantizar la paridad.