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Política

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Vigilancia telefónica del CISEN creció 2,000% en tres años

En la última década, las intervenciones telefónicas y de correos electrónicos hechas por el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN)se han multiplicado; esto ha sido relevante a partir del año 2012, pues la cantidad de intervenciones aumentó hasta 20 veces.

En la última década, las intervenciones telefónicas y de correos electrónicos hechas por el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN)se han multiplicado; esto ha sido relevante a partir del año 2012, pues la cantidad de intervenciones aumentó hasta 20 veces.

Hasta el año 2011, el número de intervenciones telefónicas y de correo electrónico se ubicó en 33; al cierre de este año la cantidad fue de 669, según la institución a través de la respuesta a una solicitud de información.

Con base en los datos proporcionados, en el año 2005 el número de solicitudes de intervención era de cuatro; después subió a 17; en el 2007 fue de 16; en el 2008, 19; en el 2009 fueron 21; para el año 2010 fueron 16; en el 2011, se colocó en 33.

A partir del año 2012, según la información exhibida, la cantidad de intervenciones fue de 214; en el 2013 aumentó a 530, y al cierre de este año el número se colocó en 669.

Cabe mencionar que los datos proporcionados por el CISEN son a partir del año 2005, debido a que en dicha fecha la institución inició a contabilizar las intervenciones. La disposición se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de ese año.

Durante la administración de Felipe Calderón se publicó la Ley de la Policía Federal, mediante la cual se permitía realizar intervenciones telefónicas cuando se lleven a cabo evasión de presos, delitos contra la salud, corrupción de menores, extorsión, homicidio y secuestro.

Las disposiciones tenían como objetivo salvaguardar la vida, integridad, seguridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz pública.

Para la intervención se solicita a un juez autorización para la intervención de comunicaciones privadas para la investigación de los delitos. La autoridad judicial competente deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor a 12 horas a partir de su presentación.

Además, la solicitud debe estar fundamentada legalmente, explicar qué tipo de comunicaciones, periodo de intervenciones, el cual puede ser prorrogado bimestralmente, sin exceder más de seis meses, ya que después de ese lapso sólo podrán autorizarse nuevas intervenciones cuando se acrediten nuevos elementos que así lo justifiquen.

jose.reyes@eleconomista.mx

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