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Política

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Proponen que ministros se elijan por voto; jueces no

Oficialismo rechaza proyecto y amaga con no acatar resolución de la Corte en caso de aprobarse proyecto.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararía la invalidez de la elección de magistrados y jueces, pero no la de ministros prevista para el 1 de junio del 2025, establecidas por la reforma constitucional del Poder Judicial federal. 

El proyecto de sentencia confeccionado por Juan Luis González Alcántara Carrancá, que se someterá a votación del pleno próximamente y cuya aprobación requiere de seis votos, de un total de 11, para ser aprobada, refiere que la revisión de la reforma constitucional judicial se hizo “con base en un principio de máxima deferencia al órgano revisor de la Constitución”, buscando “limitar el juicio de invalidez exclusivamente a los artículos que vulneran nuestra forma de gobierno democrática; y no así de aquellas disposiciones que resultan poco o menos idóneas que las que existían con anterioridad”.

Imparcialidad

La resolución de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI y MC en contra de la reforma judicial que prevé la elección de ministros, magistrados y jueces a partir del próximo año, precisa, “no estuvo motivada por el hecho de que el Poder Judicial de la Federación, al que pertenece esta Suprema Corte, sea una de las partes afectadas por la reforma”.

Y “mucho menos con el objetivo de mantener lo que otros Poderes de la Unión han llamado, en reiteradas ocasiones, los privilegios de las personas que ostentamos el cargo” de ministros, “que no son más que las garantías de imparcialidad e independencia de nuestro digno cargo”.

La propuesta de sentencia arguye que se advirtió, de los planteamientos hechos por los partidos políticos quejosos, que existe una afectación a los principios constitucionales fundamentales de la República y, de forma muy específica, una grave afectación a la democracia constitucional.

“Así como se consideró necesario entrar al análisis del Decreto impugnado y declarar la invalidez de diversos artículos que nulificaban la independencia judicial y subordinaban a sus titulares al resto de los Poderes, debilitando con ello nuestra democracia constitucional, este Tribunal Pleno también considera que es necesario declinar el análisis de los planteamientos relativos al régimen que afecta a las ministras y ministros de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación exclusivamente”, cita el fallo.

Diálogo

La decisión, agrega, es consecuente con la notoria pérdida de diálogo interinstitucional que impera en la actualidad y, en términos más generales, de la crisis constitucional que ha generado la reforma judicial analizada.

“Por las razones apuntadas, este Tribunal Pleno sobresee el análisis relativo al régimen aplicable a las ministras y a los ministros que ocupan actualmente el cargo, y, adicionalmente, el análisis relativo al régimen aplicable a las ministras y a los ministros que serán electos mediante el voto popular”, precisa.

De acuerdo con la propuesta, es inválido el régimen aplicable por la reforma judicial a los magistrados de Circuito y jueces de Distrito que se encuentran en funciones porque contraviene el principio de división de poderes, previsto por el Artículo 49 constitucional y la garantía de independencia judicial, previsto en los artículos 1 y 17 de la Constitución, y socava la forma republicana y democrática que el pueblo mexicano se otorgó en el Artículo 40 constitucional.

Detalla que la resolución no analiza la reforma constitucional judicial ni el nuevo régimen de elección de las personas juzgadoras, sino exclusivamente el régimen constitucional de los magistrados y jueces que accedieron a su cargo después de décadas en la carrera judicial y a través de concursos de oposición realizados por la autoridad competente.

“Este Tribunal Pleno considera que, sin necesidad siquiera de atender a la intención legislativa que pretendió justamente renovar a los titulares del Poder Judicial federal, la medida impugnada constituye un atentado contra la independencia judicial y, en específico, contra la garantía de inamovilidad de la que gozan los juzgadores”, puntualiza.

Rechazan proyecto

Tras conocerse el proyecto del ministro, el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal afirmó que no se acataría, en caso de aprobarse.

“Nosotros no nos vamos a detener. Habrá elección de jueces y magistrados porque él (ministro Alcántara Carrancá) no tiene competencia para invalidar una reforma constitucional, viola el principio de legalidad, viola la doctrina, viola la jurisprudencia y asume un criterio totalmente caprichoso, arbitrario e ilegal”, sostuvo.

Sobre si se ampliarían los recursos al Instituto Nacional Electoral para el siguiente año para la elección judicial —cuyo costo sería de más de 13,000 millones de pesos—, Monreal indicó que no está cerrada la puerta para ello y que se podría echar mano de los fondo del mismo Poder Judicial.

Proyectos de leyes

Por último Monreal afirmó que se ya se tienen casi listos las al menos tres reformas a leyes secundarias más relacionadas con la elección de juzgadores.

“Ya están los proyectos, prácticamente acabados. Ahora hay que ver si los presentamos aquí (en San Lázaro), o en Cámara de Senadores, como cámara de origen pero, prácticamente, estamos en trabajos de conferencia entre senadores y diputados para que allanemos los contenidos.

Las modificaciones a realizarse serían a la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial y Ley de Responsabilidades.

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