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Sector Financiero

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Centros cambiarios son regulados para prevenir lavado

En cuestión de prevención de lavado de dinero, los centros cambiarios del país están ya regulados con las mismas políticas que se aplican a otras instituciones financieras como las casas de cambio y los bancos.

En cuestión de prevención de lavado de dinero, los centros cambiarios del país están ya regulados con las mismas políticas que se aplican a otras instituciones financieras como las casas de cambio y los bancos, aseguró el presidente de la Asociación Nacional de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero (Ancec-TD), Germán Castro Hernández.

En entrevista, destacó que desde hace años el sector formal de cambio de divisas en México –a pesar de ser algunas sociedades anónimas- ha buscado entrar en un proceso de regulación para deslindarse de los actores informales, pero reconoció que pese a ello persiste todavía un mercado negro .

Explicó que, para empezar, los centros cambiarios sociedades anónimas sólo pueden realizar operaciones por un máximo de 10,000 dólares por persona al día, además de que deben reportar gran parte de sus transacciones a la autoridad.

Germán Castro agregó que aunque durante muchos años hubo un vacío legal que dio pauta a la proliferación descontrolada de este tipo de instituciones, recientemente fue modificada la ley y ahora las que quieran operar como centros de compra y venta de divisas deben estar registradas ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Dijo que ello ya ha tenido efectos, pues mientras hace unos meses se tenía un registro oficial de ente 2,400 y 2,700 centros cambiarios –incluidas las tienditas y farmacias que fungían como tales-, hoy día, ante la CNBV hay registrados 1,400.

El Presidente de la Ancec-TD añadió que la Comisión Bancaria también los supervisa en materia de prevención de lavado de dinero, por lo que deben cumplir con una serie de disposiciones como: conocer al cliente; identificarlo a partir de que realice operaciones superiores a los 500 dólares, y reportar actividades de compra-venta de divisas superiores a los 5,000 dólares.

(Las disposiciones) son prácticamente iguales a las que manejan todas las empresas, las instituciones o ramas del sector financiero, es decir, la banca, las casas de cambio, las casas de Bolsa, las sofomes. Estamos regulados en cuestión de prevención de lavado de dinero con las mismas políticas , enfatizó.

Pese a ello, Germán Castro indicó que persiste un mercado negro de cambio de divisas, ya que hay muchos negocios que siguen ofreciendo el servicio sin estar registrados todavía ante la CNBV, pero tampoco han sido clausurados.

Sin embargo, confió en que dicho fenómeno se frene con las nuevas disposiciones que deben acatar los verdaderos centros cambiarios.

eduardo.juarez@eleconomista.mx

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