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La Reina, a punto de emprender el vuelo

Un juez en materia civil consideró que la PGR no demostró la relación de la "Reina del Pacífico" en los delitos de delincuencia organizada, contra la salud y lavado de dinero.

El III Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito confirmó la resolución de un juez en el Distrito Federal mediante la cual se dictó sentencia absolutoria en favor de Sandra Ávila Beltrán, La Reina del Pacífico, ante los delitos de delincuencia organizada, contra la salud y operaciones con recursos de procedencia ilícita, al considerar que los argumentos del Ministerio Público (MP) resultaron inatendibles, insuficientes y en otra parte infundados.

El 3 de diciembre del 2010, el Juez XVIII de Distrito de Procesos Penales Federales en el DF dictó dicha sentencia absolutoria, que incluyó a Juan Diego Espinosa El Tigre y en la que se estableció -según el Tribunal- que las pruebas aportadas en el proceso penal no fueron aptas ni suficientes para acreditar aún de manera indiciaria los delitos imputados. Hoy, Ávila Beltrán aún enfrenta un proceso por lavado de dinero ante un juzgado en Nayarit, donde está recluida.

El Tribunal indicó que para arribar a tal determinación el juzgador estableció que no se demostró que los acusados hubiesen sido o sean los sujetos activos que acordaron organizarse con otros para, en forma permanente o reiterada, realizar conductas que por sí o unidas a otras tuvieran como resultado cometer delitos contra la salud y de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Puntualizó que los motivos de inconformidad del Ministerio Público de la Federación -la PGR- fueron calificados de insuficientes y por tanto inoperantes, ya que si bien hace valer consideraciones para controvertir algunas de las principales argumentaciones que sustentaron la sentencia recurrida, se consideró que no las controvierte en su integridad.

Como aquella en la cual se sostuvo que no ofreció prueba idónea y conducente para acreditar que los encausados hubiesen sido alguno de los sujetos que ordenaron o llevaron a cabo la adquisición, transportación o la introducción de 7,973 kilos con 47 gramos de clorhidrato de cocaína, en el buque denominado Macel .

Asimismo, se consideró que en el caso de operaciones con recursos de procedencia ilícita los argumentos del MP resultaron infundados e inatendibles porque no se probó fehacientemente que las operaciones de adquisición, depósitos e inversiones de recursos y administración que llevó a cabo Sandra Ávila se hubieran realizado con conocimiento de que los recursos utilizados en esas operaciones provenían o representaban el producto de actividades ilícitas.

Por otra parte, el I Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito modificó la resolución de un amparo otorgado a Sandra Ávila para que la Cancillería decida nuevamente si la extradita o no a Estados Unidos, comparando los hechos por los que en México se le enjuicia y por los que se le pretende enjuiciar en el país vecino, porque si fueran los mismos hechos, no deberá ser extraditada.

CASO ÁVILA

RECONOCEN QUE EXPEDIENTE POR LAVADO ES ENDEBLE

El expediente por lavado de dinero, último proceso penal que enfrenta Sandra Ávila Beltrán La Reina del Pacífico en México será endeble, porque la autoridad no puede sustentar un expediente completo sobre sus actividades de blanqueo de recursos, admitió Ramón Cabrera León, director general de Delitos Financieros y Diversos de la Procuraduría Fiscal de la Federación.

Durante su participación en la Cámara de Diputados en el análisis de la minuta sobre la ley antilavado de dinero, Cabrera León destacó que a La Reina del Pacífico sólo se le podrá armar un expediente por contrabando. Reconoció que no cuenta con herramientas para armar un expediente por lavado de dinero.

mrubi@eleconomista.com.mx

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