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Capital Humano

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Jornadas de trabajo excesivas serán reconocidas como delito de explotación laboral

La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la ley contra la trata de personas en la que se incluye el trabajo por arriba de la jornada máxima establecida en la legislación como una forma de explotación laboral. En México, el 26% de la población ocupada se encuentra en esta situación.

Las jornadas laborales de más de 48 horas podrían ser castigadas con hasta 12 años de prisión, pues esto será considerado una forma de explotación laboral. Esto de acuerdo con una reforma a la ley contra la trata de personas que fue aprobada por la Cámara de Diputados.

Esta enmienda legal fue avalada en medio de la discusión que se lleva a cabo en San Lázaro para aumentar de uno a dos días el mínimo de descanso semanal al que tendrán derecho las personas trabajadoras, lo que reduciría en automático la jornada laboral de 48 a 40 horas por semana.

Fue en la sesión del 25 de octubre cuando el pleno de la Cámara Baja avaló modificaciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, la cual fue aprobada en lo general por unanimidad. La reforma pasó al Senado de la República para su revisión.

Entre las víctimas de trata de personas se encuentran trabajadoras y trabajadores que deben recibir protección y justicia, señala la iniciativa impulsada por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena).

“El desempleo, la desigualdad, la pobreza, la violencia, la impunidad, la corrupción, la discriminación, los flujos migratorios y la delincuencia organizada” son factores que ponen en situación vulnerable a miles de personas trabajadoras y en peligro de ser explotadas laboralmente, se señala en el dictamen avalado por la Cámara de Diputados.

Pero “en la pandemia el sector más golpeado fueron las mujeres. Alrededor de 5 millones de ellas perdieron su fuente de ingreso y el de su familia, poniéndolas en una situación de alta vulnerabilidad porque, en la necesidad de buscar un empleo, eran víctimas potenciales para ofertas de empleo falsas”, dijo en tribuna la diputada.

“En base a engaños, amenazas y secuestros, las mujeres son explotadas sexualmente, son sometidas a realizar trabajos forzados y que ponen en riesgo su vida y que le son extraídos en muchas de las ocasiones sus órganos”, agregó.

Trabajar jornadas excesivas es explotación

La reforma amplía la protección para víctimas de trata con fines de explotación sexual o para mendicidad incrementando las penas a hasta 50 años cuando las personas sean menores de 18 años o mayores de 60 años, no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o de resistirlo, pertenezcan a una de las naciones originarias de México, sean afromexicanas, estén embarazadas o tengan una discapacidad.

En el caso de la explotación laboral, el dictamen modifica el artículo 21 de la ley contra la trata, establece sanciones que van “de 3 a 10 años de prisión, y de 5,000 a 50,000 días multa, a quien explote laboralmente a una o más personas”.

Actualmente, dicha norma contempla tres formas en las que las personas son explotadas en el trabajo:

  1. Al laborar en condiciones peligrosas o insalubres sin protección
  2. Cuando la cantidad de trabajo realizado y el pago por ello es desproporcionado
  3. Con salarios por debajo de lo legalmente establecido

La reforma agrega un cuarto tipo de explotación laboral: “Jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la ley”. Y cuando ese delito se haya cometido en contra de personas indígenas o afromexicanas, las penas serán de 4 a 12 años de prisión, y de 7,000 y 70,000 días de multa.

“La trata de personas es un crimen silencioso, incluso una nueva forma de esclavitud en pleno siglo XXI”, dijo la legisladora en tribuna al defender su iniciativa y pedir el voto a favor. “Cientos de mujeres, hombres, niños y niñas son víctimas de este tipo de violencia, abuso y explotación despiadada”.

En México, más de 850,000 personas son víctimas de esclavitud moderna, según el Índice Global de Esclavitud 2023, de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), elaborado con la Organización Mundial de las Migraciones (OIM, por sus siglas en inglés) y la organización no gubernamental Walk Free.

Más trabajo, pero no más dinero

Las jornadas laborales en México son las más extensas entre todos los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Según las últimas cifras de dicha agrupación, las personas en este país trabajan 2,226 horas al año, mientras que el promedio para todos los países que la integran es de 1,752 horas anuales.

En tanto, más de 15 millones de personas trabajan jornadas superiores a las 48 horas, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Es decir, el 26% de la población ocupada rebasa el máximo estipulado por la Constitución y la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El 55% de quienes tienen jornadas excesivas se ubican en un nivel socioeconómico medio bajo y 19% pertenece al nivel medio alto. Un 17%, a pesar de laborar demasiado, no puede salir de la pobreza y sólo a 8% le han redituado las horas trabajadas, pues están en nivel alto de la escala socioeconómica, según la ENOE.

Las largas jornadas de trabajo no son un asunto menor. A nivel global provocaron “745,000 muertes por cardiopatías isquémicas y accidentes cerebrovasculares en 2016, un aumento del 29% desde el año 2000”, según un reporte de la OIT y la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicado en 2021.

Otros puntos relevantes de la reforma

El proyecto avalado por la Cámara Baja incluye los principios de interseccionalidad, interculturalidad y el enfoque de derechos humanos “como herramientas de política pública para la prevención, atención y sanción de los delitos de trata”.

Considera el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) como herramientas para el enganche o reclutamiento de personas, así como la difusión de datos o imágenes de las víctimas.

Establece como obligación de las autoridades que ante un caso de trata, en cualquiera de sus modalidades, actuar “bajo los más altos estándares internacionales de debida diligencia”.

Pero además, las autoridades locales de las 32 entidades federativas estarán obligadas a establecer refugios para atender a las víctimas. Estos lugares deberán contar con atención y personal especializados en delitos de trata.

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