Buscar
Capital Humano

Lectura 6:00 min

Jornaleros agrícolas, entre la explotación laboral y la violencia del crimen organizado

Los jornaleros agrícolas enfrentan una lucha diaria por sobrevivir en el país; sin seguridad laboral ni seguridad social, también son víctimas de cobro de piso. En México, 2.3 millones de personas trabajan en estas actividades.

Además de salarios precarios y jornadas laborales extenuantes, las jornaleras y los jornaleros agrícolas enfrentan la violencia del crimen organizado. En algunos casos, los ataques que han sufrido se podrían registrar como accidente de trabajo, pero ocho de cada 10 no cuenta con seguridad social.

El pasado 4 de febrero, en Caborca, Sonora, familias jornaleras agrícolas migrantes fueron atacadas por un grupo armado. En la embestida, que según periodistas locales se debió al cobro de piso del que son víctimas, murieron una mujer de 30 años y otros dos adolescentes de 15 años de edad. Otras siete personas jornaleras resultaron heridas. 

Días antes, el 20 de enero, en la carretera estatal que cruza la zona agrícola de la Costa de Hermosillo, también en Sonora, familias jornaleras quedaron atrapadas en “el fuego cruzado entre cuerpos de seguridad pública y delincuencia organizada”, como reporta la Red Nacional de Jornaleros y Jornaleras Agrícolas (RNJJA).

“Aunque las violencias y opresiones” afectan a gran parte de la población, las familias jornaleras agrícolas, personas asalariadas urbanas y migrantes nacionales e internacionales, entre otros grupos, están “en mayor exposición ante dichas amenazas”, ha señalado la RNJJA.

“Situaciones como las anteriores se expresan en distintos puntos geográficos del país. Con especial preocupación las vemos en las zonas campesinas y agrícolas, tanto del sur, como en las regiones de la agroindustria mexicana” del norte, agregó la red en un comunicado para condenar la violencia y exigir seguridad a las autoridades.

Medios locales, constantemente reportan extorsiones, por parte de grupos criminales, a las familias jornaleras que migran para laborar en los campos agrícolas de Baja California, Sonora, Sinaloa, Durango, Nayarit y otras entidades.

Cuando regresan a sus pueblos en el sur del país, al término de la temporada agrícola, otras bandas delincuenciales les exigen otra cuota para dejarles vivir. Eso es el “derecho de piso” o “cobro de piso”.

La seguridad social en el contexto de inseguridad

Según un estudio del Laboratorio de Análisis en Comercio, Economía y Negocios (LACEN), los tributos “por derecho de piso” que cobra el crimen organizado a agricultores, comerciantes y empresarios provoca el aumento de dos puntos porcentuales a la inflación.

“Si bien el fenómeno inflacionario afecta a todo el mundo, en México el crimen organizado se ha conformado como un cartel que determina los precios en la producción, distribución y venta, además de determinar temporalidad y volumen de cosecha y fabricación de bienes”, señala el LACEN.

“Es en la actividad primaria donde tiene mayor presencia la delincuencia y, por ende, las extorsiones inciden en los precios al productor, cuyo pago repercute finalmente en la inflación al consumidor final”.

Sin embargo, el cobro no es sólo a los propietarios de negocios, sino también a los trabajadores y las trabajadoras. Y en este caso, a una de las poblaciones ocupadas más precarizadas, las que ganan menos y que tienen menos protección.

En 2023, el 97% de los delitos de extorsión no fueron denunciados, según estimaciones de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe). La cifra negra abarca casi la totalidad de las incidencias de este delito.

La cifra de trabajadores y trabadoras jornaleras en México es de alrededor de 2.3 millones de personas. Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), el 43% de quienes laboran en la agricultura, ganadería y pesca gana menos de un salario mínimo, a pesar de su contribución vital a la economía y a la supervivencia de la población.

Y si bien el número de trabajadoras y trabajadores jornaleros con seguridad social ha aumentado, en los últimos años, todavía alrededor del 74% no tiene acceso a ese derecho.

“De 2015 a 2018 la afiliación de trabajadores agrícolas al IMSS creció el 25%, o más del 8% anual. El crecimiento anual se moderó en 2019 (3.2%), se hizo más lento en 2020 (2.2%), y en 2021 se recuperó (9%)”, según el reporte Mercado laboral en el sector agrícola 2023 de Jornaleros en la Agricultura Mexicana de Exportación (Jornamex).

Lo anterior significa que “los empleos asegurados del sector agrícola crecieron mucho más que el promedio”. Según Jornamex, un proyecto auspiciado por fundación Walmart, “hubo mayor crecimiento de la afiliación de trabajadores eventuales”, principalmente en Baja California, Guanajuato y Jalisco.

Hasta el año pasado, menos de 590,000 jornaleros y jornaleras agrícolas estaban registrados en el IMSS, lo que representa cerca del 25% del total de esa población trabajadora.

Es decir, alrededor de ocho de cada 10 laboran en la informalidad, sin contrato de trabajo y sin los beneficios de la seguridad social, como la cobertura por accidente de trabajo.

De acuerdo con el artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las condiciones laborales deben hacerse constar por escrito. Y según el artículo 25, en el contrato se debe designar a los beneficiarios “para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial”.

Además, las lesiones, muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial, “producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo” son consideradas como accidente de trabajo, “cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste”, según el artículo 474 de la LFT.

Si llegara a ocurrir lo anterior, las personas trabajadoras tendrán derecho a una incapacidad temporal o permanente, a la atención médica y rehabilitación. En caso de fallecimiento, su familia quedará protegida con una pensión y acceso a la cobertura de salud.

Los artículos 500 y 502 de la LFT son más explícitos para estos casos: “Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, la indemnización comprenderá: Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios”. En caso de muerte o desaparición por la delincuencia, su familia recibirá una indemnización de 5,000 días de salario.

“Hacemos un llamado enérgico a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y los órganos judiciales encargados de la impartición y administración de justicia y del Estado de Derecho, para que las víctimas y sus familias sean atendidas, garantizando sus derechos humanos y en particular a la justicia, reparación y no repetición”, apuntó la RNJJA.

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas