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Capital Humano

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Reducción de la jornada laboral, los casos de Chile y Colombia

Implementación gradual, flexibilidad en el tiempo de trabajo, protección al salario y esquemas diferenciados para ciertas actividades económicas son parte de la fórmula que definieron Chile y Colombia para concretar reformas para reducir la jornada laboral semanal.

Chile y Colombia se unieron este año al pequeño grupo de países de Latinoamérica que tiene jornadas laborales más cortas, una región donde el límite legal más común es el de 48 horas semanales. Ambas economías comparten características similares en su proceso de construcción e implementación de las reformas.

En el caso de Chile, la meta es más ambiciosa. Este año el país modificó su Código de Trabajo, con lo que la duración de la jornada laboral general pasará de 45 a 40 horas por semana. En Colombia el objetivo es más moderado. A través de la Ley 2101, su límite máximo legal de tiempo de trabajo semanal se reducirá de 48 a 42 horas

Además de la reducción de la jornada laboral, ¿qué tienen en común estas economías?

» 1. Gradualidad

En ambos casos, la reducción de la jornada laboral se diseñó para una implementación paulatina. Colombia aprobó desde el 2021 el dictamen para disminuir el tiempo de trabajo, pero fue hasta este año cuando inició el periodo de transición, reduciendo el límite máximo en una hora, para dejarlo en 47 horas semanales.

En 2024 se reducirá nuevamente una hora (46 horas); en 2025, dos horas (44 horas); para concluir en 2026 con dos horas más (42 horas).

“Esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y, mejorará la productividad en las empresas”, indicó el Ministerio de Trabajo de dicho país en un comunicado.

En Chile, la ruta para llegar a este objetivo no fue sencilla. El proyecto original de reforma fue planteado en 2017 y fue aprobado por la Cámara de Diputados en 2019. Desde ese año, la propuesta quedó congelada y fue retomada por el gobierno de Gabriel Boric, para ser finalmente aprobada en abril de este año.

La disminución gradual en las horas de trabajo en dicho país comenzará en 2024, una hora por año, por lo que la transición concluirá en el año 2028.

“La Ley de las 40 Horas modifica el Código del Trabajo para reducir la jornada ordinaria de 45 a 40 horas semanales, lo que se hará con gradualidad y responsabilidad para no afectar el empleo y las Pymes. También da un mayor descanso efectivo a los regímenes especiales, como los de las trabajadoras de casa particular, y a los excepcionales, que requieren de procesos operativos continuos, como la minería”, destaca el gobierno chileno.

» 2. Protección al salario

Otro punto en común de la reforma en ambas naciones latinoamericanas, es la protección al salario en la transición. Ambos proyectos tienen disposiciones expresas que prohíben a los empleadores disminuir el sueldo de los trabajadores por la reducción en el tiempo de trabajo.

Incluso, el Ministerio de Trabajo de Colombia estima que el ingreso por hora crecerá debido a la reducción de la jornada de trabajo.

“La disminución de la jornada máxima laboral implica el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración. Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad”, puntualizó la autoridad.

» 3. Flexibilidad

Aunque en ambos países sudamericanos se reducirá el tiempo máximo de trabajo por semana, esto no elimina la flexibilidad en la distribución de horas.

En el caso de Colombia, las jornadas semanales pueden mantenerse en un esquema de seis días de trabajo por uno de descanso, siempre que el promedio de horas no exceda el nuevo límite legal.

En Chile, en tanto, la reforma les permite a los empleadores organizar el tiempo de trabajo en semanas comprimidas. También da luz verde a un formato de cuatro días laborales y tres de descanso, con jornadas de 10 horas diarias, además de horarios diferenciados de ingreso y salida para padres o madres de hijos menores de 12 años y banco de horas extra para ser intercambiadas por días adicionales de descanso. Todo esto de común acuerdo con los empleados.

» 4. Aplicación diferenciada por sectores

El nuevo límite legal de 40 horas en Chile no aplicará para “trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas”.

En Colombia no será distinto, la Ley 2101 establece que “el empleador no podrá sin con el consentimiento del trabajador, contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo”.

Por ahora, la reforma en Chile se posiciona como la más avanzada en abarcar las diversas composiciones de tiempo de trabajo en el mercado laboral. Por ejemplo, en el caso de choferes y conductores de servicios interurbanos de transporte, el límite legal se establece por cómputo mensual sin exceder un promedio de 40 horas semanales. Se contemplan además esquemas especiales para las trabajadoras del hogar y para quienes laboran en el transporte terrestre, el sector agrícola, tripulantes de vuelo y cabina y trabajadores de plataformas digitales.

¿Qué recomienda la OIT?

Aunque este año los avances en Latinoamérica y el debate que inicia en México han puesto el tema de la reducción de la jornada laboral en la agenda pública, la realidad es que la disminución del tiempo de trabajo es un asunto vigente desde mediados del siglo pasado.

Desde 1962 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitió la Recomendación 116 para reducir la jornada laboral, idealmente a 40 horas semanales. Este instrumento internacional es una guía para que los países implementen el cambio sin afectar a la economía y a los trabajadores.

A grandes rasgos, la OIT recomienda que la reducción de la jornada de trabajo sea gradual, sin disminuir los sueldos de los trabajadores y tomando en cuenta las circunstancia de cada país y sector.

“Debería permitirse que el promedio de la duración normal del trabajo se calcule a base de un período más largo que la semana cuando circunstancias especiales en una rama de actividad o necesidades técnicas lo justifiquen”, se puntualiza en la norma internacional.

Datos curiosos de la jornada laboral en Latam

Lo de Chile y Colombia podría considerarse revolucionario, pero hay algunas economías en Latinoamérica que ya cuentan con jornadas laborares inferiores a las 48 horas semanales, aunque son pocas. Ecuador es el pionero de la región, desde 1997 tiene un límite legal de 40 horas por semana, otras islas del Caribe, como Bahamas y Trinidad y Tobago también cuentan con esta norma.

Otro dato curioso sobre el tema. En Latinoamérica hay una economía que tiene una jornada laboral de 35 horas semanales. Se trata de Guyana Francesa, al ser un territorio de ultramar de Francia, su legislación laboral es igual a la del país europeo.

En tanto, Brasil, Venezuela, Guatemala, Honduras y República Dominicana son el resto de economías de la región con una jornada de trabajo inferior a las 48 horas, límite legal que predomina en la mayor parte de América Latina y en economías en vías de desarrollo.

En casi todo Europa y el norte de Asia, las jornadas laborales que más predominan son las de 40 horas por semana, sólo economías como la India, Bangladesh o Tailandia conservan en sus legislaciones un límite de 48 horas o más en sus horas de trabajo, según datos de la OIT.

Reducción de la jornada laboral a la mexicana

En abril de este año, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Carta Magna para establecer una jornada de cinco días de trabajo por dos de descanso, lo que implica en términos prácticos una disminución de 48 a 40 horas semanales en el límite legal.

El dictamen todavía no ha sido votado en el pleno de la Cámara baja, pero legisladores coinciden en que en este período de sesiones podría reactivarse la discusión. Para que esta modificación se materialice, se requiere la aprobación de tres cuartas partes de los integrantes de las cámaras del Congreso de la Unión y, posteriormente, de 17 congresos locales.

El proyecto en México no contempla un esquema de transición gradual, sino una entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, un punto que ha despertado inquietud en el sector patronal.

Por ahora, tampoco establece una prohibición expresa de reducir salarios y disposiciones diferenciadas que permitan adaptar la norma al contexto de distintas industrias. La reforma constitucional tiene un enfoque general.

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano.

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