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¿Se puede proteger desde el Congreso a los mexicanos que laboran en EU y Canadá?
La masa salarial que generan las personas trabajadoras mexicanas en Estados Unidos es de más de 300,000 millones de dólares. En Canadá, la migración laboral desde nuestro país ha crecido notablemente en los últimos años. Sin embargo, muchos siguen estando en peligro de fraudes y abusos por empleadores en aquellos países.
“La importancia de los migrantes mexicanos no está en duda y la gran aportación que hacen a la economía del país del norte es incuestionable”. Así comienza la iniciativa del diputado federal Alejandro Robles Gómez (Morena) para crear la Ley General para Proteger a los Trabajadores Internacionales en América del Norte.
La legislación tendría aplicación sólo en México. Pero les da instrucciones, obligaciones y facultades a las secretarías del Trabajo y Previsión Social (STPS) y de Relaciones Exteriores (SRE) para realizar acciones específicas en Estados Unidos y Canadá para apoyar a las personas mexicanas que trabajan en aquellos países.
En 23 artículos propuestos aborda las condiciones de contratación desde México, la asistencia laboral y la certificación de competencias que se haría también en nuestro país. También indica que la STPS será la única autorizada para promover del empleo en Norteamérica.
En Estados Unidos hay más de 11.7 millones de personas nacidas en México, según la SRE. Al cierre del segundo trimestre de 2022, “la masa salarial anual de los trabajadores mexicanos inmigrantes en Estados Unidos superó los 300,000 millones de dólares”, de acuerdo con el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (Cemla).
Respecto a Canadá, las personas inmigrantes mexicanas pasaron de 69,695 en 2011 a 90,585 en 2021, según el Censo oficial 2021. De ellas, 22,725 personas (25%) migraron mediante un programa de trabajo especializado, de oficios calificados, con experiencia y de empleos de cuidado.
“Sin embargo, a pesar de la importancia económica y laboral del trabajador migrante, existe una gran desprotección a ellos cuando se emplean en alguno de los países del norte, ya sea Estados Unidos de Norteamérica o Canadá”, apunta el legislador.
“Ni se diga de las penurias que sufren en su trayecto a esos países, los cuales son víctimas de grupos de delincuencia organizada, pagando incluso con su vida la búsqueda de mejores condiciones de vida”.
Garantizar condiciones de trabajo básicas
La propuesta de ley “tiene por objeto promover el trabajo y proteger al trabajador internacional en América del Norte”, señala el proyecto de Robles Gómez, secretario de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados.
El artículo 9 de la propuesta “reconoce la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes con respecto a las protecciones laborales” existentes. Un informe del Sindicato de Trabajadores de Alimentos y Comercio (UFCW, por sus siglas en inglés), señala que “los trabajadores agrícolas migrantes se encuentran entre los trabajadores más vulnerables y maltratados de Canadá”.
Dicho país tiene dos programas de movilidad laboral transfronteriza regulados por las autoridades canadienses y en convenio con las mexicanas. Sin embargo, para el UFCW, el estatus migratorio condicionado a la permanencia en una única empresa, las barreras lingüísticas y la ausencia de representación sindical expone a las personas al robo de salarios y al aislamiento social.
Por ello, la iniciativa del diputado morenista establece que “se debe buscar que los trabajadores migrantes estén protegidos conforme a las leyes laborales de los países que conforman la región de América del Norte”.
Las personas trabajadoras migrantes mexicanas en Estados Unidos corren el riesgo de ser defraudadas en la contratación o ser víctimas de trata de personas con fines laborales, según lo ha documentado el Centro de Derechos del Migrante (CDM).
Para evitarlo, la iniciativa señala las condiciones básicas de contratación que deben tener las personas mexicanas en territorio nacional para laborar en Estados Unidos y Canadá:
- Alojamiento adecuado, comidas y transporte
- Trato igual al de las personas trabajadoras estadounidenses y canadienses
- Contrato laboral en el que se especifique la temporalidad, salario, jornada laboral no mayor de 40 horas ni seis días a la semana y monto a pagar por horas extra
Además, “el empleador se obliga a cubrir las cuotas de seguridad social del trabajador”.
También contempla a los trabajadores y las trabajadoras de Estados Unidos y Canadá en México, quienes “gozarán de todos los derechos que las leyes laborales del país otorgan a cualquier ciudadano mexicano que trabaje realizando la misma actividad”.
Obligaciones de la STPS y la Cancillería
La STPS y la SER, “a través de los consulados mexicanos, deberán llevar un registro de todos los mexicanos que trabajen en Estados Unidos de Norteamérica o Canadá y de los empleadores de esos dos países que contraten fuerza laboral mexicana”.
También tendrían la responsabilidad de visitar los lugares de trabajo donde haya “alta concentración de fuerza laboral mexicana” para observar y corroborar que las empresas “cumplen con las condiciones establecidas en los contratos laborales y lo establecido en el Capítulo 23 del Tratado de Libre Comercio México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)”.
El diputado Alejandro Robles plantea que las autoridades laborales y de relaciones exteriores mexicanas también otorguen asistencia a los trabajadores y trabajadoras mexicanas en hospitales cuando sea necesario.
En el artículo 21 del proyecto indica que “es facultad exclusiva del Estado mexicano la promoción del trabajo en América del Norte”. Dicho fomento laboral deberá observar “los principios de equidad y paridad de género”.
Y quedaría prohibido que personas o empresas promuevan la contratación. “Quien viole lo establecido en el artículo inmediato anterior se hará acreedor a las sanciones penales, civiles o administrativas que se le imputen por las autoridades correspondientes”, se especifica en la iniciativa.