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La NOM de vivienda, entre la profesionalización y sobrerregulación al sector inmobiliario

La industria crece de manera desorganizada, lo cual es un reto que se debe de atender pero no por las autoridades, sino por el mismo ecosistema
 

Para miembros del sector inmobiliario, la Norma Oficial Mexicana (NOM) 247 en materia de comercialización de vivienda es una medida que si bien, suma nuevas regulaciones a cumplir en la industria, esto podría desencadenar actos de corrupción en las operaciones.

Sin embargo, algunos de los parámetros establecidos debieron ser iniciativa de los propios participantes inmobiliarios para regular a la industria, concluyeron Federico Sobrino, especialista integrante de organismos como Coparmex y la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), y Gene Towle, socio director de la firma Softec.

Y es que, de acuerdo con la NOM publicada en marzo, que entrará en vigor aproximadamente en septiembre próximo, todos Los integrantes involucrados en una operación de comercialización de inmuebles para vivienda deben cumplir los requisitos establecidos en beneficio de los compradores.

Para Federico Sobrino, independientemente de la iniciativa promovida por la Secretaría de Economía, los propios inmobiliarios debieron promover la defensa de los involucrados en las operaciones, para dar capacitaciones y certificaciones.

“Al día de hoy yo veo a los banqueros o los aseguradores con asociaciones fuertes, los notarios, y nosotros como inmobiliarios no hemos logrado llegar a esto, a autorregularnos, a poder generar la confianza propia que debe haber en nuestros clientes”, afirmó Sobrino.

Debido a la entrada de más personas a la industria inmobiliaria, la falta de capacitación y conocimiento se ha vuelto un reto, que debió ser atendido desde la industria y no por autoridades como la Secretaría de Economía o la Procuraduría de Defensa al consumidor (Profeco).

“Este sector está creciendo desorganizadamente, en donde requerimos capacitación, en donde sabemos que muchas veces no es por mala fe, sino por falta de conocimiento.

“Los inmobiliarios que llevamos tiempo no hemos sido capaces de autorregularnos y de ir marginando a todos aquellas personas nuevas para capacitarse o, para quienes de mala fe, haceros a un lado”, aseguró el especialista.

Es positivo el crecimiento que registra el mercado inmobiliario; sin embargo requiere orden y atender las deficiencias que genera este aumento de operaciones, aseguraron los expertos.

“No necesitamos que otros gremios o de la autoridad para poder acceder a todo esto y que finalmente, de manera urgente, se genera esta Norma Oficial Mexicana por todas irregularidades, que comenta la autoridad, se han venido presentando”, opinó Sobrino.

¡Cuidado! Corrupción a la  vista

Para Gene Towle, organizador del seminario “NOM de vivienda. ¿Qué tienes qué hacer y cómo te afecta", la industria inmobiliaria representa una mayor carga de regulación a cumplir, incluso en algunos puntos, las sanciones recaen sobre los desarrolladores y operadores.

Para el titular de Softec,  se suma una regulación a las operaciones inmobiliarias que implica un exceso de responsabilidades como ocurrió con la ley antilavado.

“En tema de la ley de lavado de dinero, la verdad es que a la industria inmobiliaria le pusieron una serie de trabas y candados que no tienen ningún sentido”, consideró.

Por ejemplo, a quien vende la vivienda, tener que conocer a detalle quién es su comprador y contar con la información disponible por años es un exceso de responsabilidad, que debe cumplir más bien la autoridad.

Los puntos finos  a cuidar

Entre los parámetros que establece la NOM 247 se encuentran temas que van desde los contratos de adhesión, las ventas y preventas, venta de servicios, entre otros.

Sin embargo, los especialistas cuestionaron la falta de segmentación por tipo de vivienda, por ejemplo nueva o usada, e incluso la existencia de condiciones requeridas para las unidades financiadas con créditos hipotecarios.

Entre algunos de los puntos cuestionados por inmobiliarios reunidos en el seminario, los cuales consideran que se deben revisar, aclarar y entender, destacaron los siguientes:

  • Contratos, unilaterales, es decir, acuerdos previos a la operación de compra-venta, incluso de “promesa”, en los que todavía no se fija el precio final de la comercialización.
  • Operaciones de preventa, condiciones específicas sobre las entregas y pagos.
  • Determinar precios y enganches, así como gastos de escrituración y pagos por servicios incluidos (ventas atadas, incluso si se ofrecen con un beneficio para el cliente).
  • No generar bases de información, para intercambio de datos con proveedores sobre clientes.
  • No tener penalizaciones por cancelación y determinar plazos para devolución.
  • Publicidad para evitar engaños a los compradores.
  • Establecimiento de periodos para reclamar presuntos vicios ocultos.
  • Publicidad en páginas de internet.  

Reportera especializada en el sector inmobiliario. Egresada de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.

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