Buscar
EconoHábitat

Lectura 5:00 min

¿Más regulación contra rentas tipo Airbnb en la CDMX? Aquí te decimos lo nuevo al respecto

Hace algunos días, el jefe de gobierno capitalino presentó al Congreso de la ciudad una iniciativa de reforma para tener un mayor control sobre este tipo de alquileres
 

Tal y como lo anunció el jefe de gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Martí Batres Guadarrama, hace algunos días se presentó en el Congreso capitalino una iniciativa a la Ley de Turismo y a la Ley de Vivienda de la urbe, con el fin de tener un mayor control sobre el servicio de rentas de corta estancia, como las que se ofrecen en plataformas como Airbnb o Booking.com.

Esta iniciativa se da luego de que el pasado 4 de abril, se publicó una reforma a la Ley de Turismo de la Ciudad de México para establecer una regulación al respecto sobre el servicio de rentas de corta estancia ofrecido vía plataformas digitales.

"Con la reforma a la Ley de Turismo publicada el pasado 4 de abril en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se dio un primer paso para la regulación de este tipo de hospedaje de corta estancia que se ofrece mediante plataformas digitales, también lo es, que se requiere fortalecer y perfeccionar esta regulación mediante reformas adicionales, con el fin de que la Ciudad de México pueda seguir garantizando un turismo sostenible", se puede leer en la iniciativa publicada el pasado 18 de septiembre.

Airbnb, un negocio de 15,000 millones de pesos

Según la reciente propuesta de Batres Guadarrama, esta iniciativa se da en un escenario donde el turismo es una de las principales actividades de la Ciudad de México, la cual ha retomado dinamismo luego del impacto del Covid-19, ya que, por ejemplo, en el 2019, un año antes del paro de actividades por la contingencia, los indicadores de ocupación llegaron a los 14 millones de visitantes, que generaron una derrama de 113 millones de pesos.

Sin embargo, estas cifras para el 2023 fueron mayores, ya que se registró la llegada de 14.5 millones de personas a hoteles de la Ciudad de México, los cuales dejaron una derrama de 150,000 millones de pesos.

De acuerdo con el análisis del gobierno de la capital, hasta el segundo semestre del 2023 la infraestructura hotelera de la ciudad estaba compuesta por cerca de 800 hoteles y más de 60,000 habitaciones.

A la par, existe un mercado de servicios de alojamiento eventual, dirigido principalmente a extranjeros mediante plataformas como Airbnb, Booking.com y otras. 

"Actualmente la industria turística se ha diversificado para ofrecer a los viajeros alternativas de hospedaje a precios competitivos respecto a recintos hoteleros convencionales", se puede leer en la iniciativa. 

De acuerdo con la plataforma Inside Airbnb, actualmente existen en la Ciudad de México 26,536 propiedades listadas en su página web, de las cuales 65.7% son casas o departamentos enteros y el resto, cuartos privados o compartidos. Según el gobierno capitalino, esta oferta se concentra en tres alcaldías:

  • Benito Juárez.
  • Cuauhtémoc.
  • Miguel Hidalgo.

"Los viajeros que reservaron un espacio a través de Airbnb en la Ciudad de México, generaron más de 15,000 millones de pesos en contribución económica en 2023", se puede leer en el documento.

Una regulación acorde

Según la propuesta, si bien es innegable el beneficio económico del servicio de rentas de corta estancia, con el fin de afrontar desafíos inherentes, tales como:

  • Seguridad.
  • Desplazamiento de residentes.
  • Calidad del alojamiento.
  • Impacto de comunidades locales.
  • Equidad fiscal.

Así, la reforma a la Ley de Turismo publicada el pasado 4 de abril obligó a propietarios que ofrecen este servicio, a registrarse en el Padrón de Anfitriones, y a firmas tecnológicas, por las cuales se ofrece el alojamiento, a registrarse en el Padrón de Plataformas Tecnológicas.

Con la reciente propuesta, dicha regulación se reforzaría en el sentido de los siguientes puntos:

  • Si bien, estos padrones todavía no han sido puestos en marcha, la nueva iniciativa propone que no se renovará el registro a aquellos inmuebles que hayan tenido ocupación de más de 50% de las noches del año y en caso de requerir ofertar más inmuebles o por períodos más largos, se estará a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles. 

"Los inmuebles que no se puedan renovar por exceder el porcentaje anual de ocupación establecido, podrán registrarse nuevamente pasado un año de la negativa", se lee en la publicación.

  • Asimismo, el servicio de alojamiento de corta estancia no se podrá ofrecer en inmuebles que forman parte de esquemas gubernamentales de vivienda popular, social y en arrendamiento o que fueron construidos bajo la aplicación de la Norma 26.
  • También queda prohibido destinar a este servicio, viviendas que sean parte de programas gubernamentales de reconstrucción.

"La reforma que se propone busca generar un impacto social, a efecto de que los entornos y formas de vida de las comunidades aledañas a estos centros de prestación de servicios se vean lo menos afectadas, ya que, una de las principales preocupaciones de la población es el impacto gentrificador que pudiera ocasionarse por el crecimiento de este tipo de prestación de servicios", se detalla en el texto.

 

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas