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Economía

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Acuerdos conclusivos, pilar fundamental para optimizar fiscalización

A raíz de que se empezó a analizar el plazo para presentar las  solicitudes de acuerdo conclusivo, éstas aumentaron.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recaudó más de 15,500 millones de pesos mediante la figura de acuerdos conclusivos en el 2020; cifra histórica a pesar de la pandemia del Covid-19 que perjudicó a la economía mexicana.

En este sentido, en el Plan Maestro de Operación que la Administración General de Grandes Contribuyentes, dependiente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se establece que la figura del acuerdo conclusivo es un pilar fundamental para optimizar la fiscalización en el 2021 y por lo tanto combatir las malas prácticas de algunos contribuyentes.

Al respecto, Lérida Alejandra Rodríguez Pastrana, directora general de acuerdos conclusivos de la Prodecon, comentó en entrevista con El Economista que a pesar de las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en particular de la figura del acuerdo conclusivo, estas no deberán de desincentivar a los contribuyentes a usar la herramienta que brinda el acuerdo conclusivo.

“(El acuerdo conclusivo) Es un mecanismo que tiene muchos beneficios en materia fiscal y que a pesar de que se esté fortaleciendo a la autoridad fiscal con respecto a sus atribuciones, el acuerdo conclusivo se posiciona como una herramienta útil frente a los actos de las autoridades fiscales en materia de procedimiento de fiscalización”, comentó.

El acuerdo conclusivo está ligado con las facultades de comprobación o auditorías, y por lo tanto permite al contribuyente revisar su situación fiscal para desvirtuar las partidas con las que no esté de acuerdo y quiera manifestarlo.

Acotan plazo a 20 días 

Entre los cambios al CFF, que entraron en vigor el primero de enero, se encuentra en que ahora el contribuyente tendrá un plazo de 20 días hábiles para pedir su solicitud de acuerdo conclusivo ante la Prodecon, a partir de que la autoridad fiscal notifique vía visita domiciliaria, revisión de gabinete o revisión electrónica. Anteriormente se podía solicitar en cualquier momento antes de que el SAT notificara el crédito fiscal o adeudo pendiente, lo que puede tardar hasta seis meses.

Comentó que a raíz de que se empezó a analizar el plazo para presentar la solicitud de acuerdo conclusivo, aumentaron las solicitudes, “diciembre del 2020 fue uno de los meses en que más solicitudes se presentaron”.

Este incremento demostró a la Prodecon que a los contribuyentes les interesa agotar esta herramienta para no tener problemas con la autoridad fiscal.

“A pesar de que ahora existe la temporalidad, lo cierto es que los contribuyentes están accediendo a nuestros procedimientos, aquí lo único que hay que poner es atención en que no se pasen los plazos. Con esta restricción no se está limitando como tal al derecho de defenderse, solamente se hace una acotación en cuanto al momento de presentar la solicitud de acuerdo”,  aclaró.

En su momento, Fernando Balderas Espinosa, titular en funciones de la subprocuraduría de Acuerdos Conclusivos y Gestión Institucional de Prodecon, comentó que la gran ventaja de esta herramienta es para el contribuyente porque así logra solucionar su situación antes de que la autoridad fiscal lo determine como delito y por tanto se dé “carpetazo” al asunto.

En el caso del SAT, éste recibe la cantidad de dinero acordada sin necesidad de tener que ir a juicio.

valores@eleconomista.mx

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