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Economía

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Dictamen fiscal, hasta agosto

A pesar de que la mayoría de las empresas que antes estaban obligadas a presentar dictamen fiscal optará por seguir haciéndolo, se está encontrando con algunas complicaciones derivadas de la implementación de la nueva plataforma para enviarlo por Internet.

A pesar de que la mayoría de las empresas que antes estaban obligadas a presentar dictamen fiscal optará por seguir haciéndolo, se está encontrando con algunas complicaciones derivadas de la implementación de la nueva plataforma para enviarlo por Internet. Por ello, la autoridad fiscal tuvo que ampliar el plazo para su presentación hasta agosto en lugar de julio.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el dictamen fiscal deberá presentarse a más tardar el 15 de agosto, según el calendario que les corresponda en función del RFC. Si se trata de controladoras que consolidan su resultado fiscal, tienen hasta el 31 de agosto para enviarlo.

En el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación se establece la obligatoriedad de las empresas de dictaminar sus estados financieros, pero hace un año el presidente Felipe Calderón dio a conocer una serie de facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria entre las que se encontraba la eliminación del dictamen fiscal.

El dictamen contiene 40 anexos y un cuestionario con 300 preguntas. Se tiene que dar uno al SAT y otro para al IMSS. Es un documento se fiscalización que elabora la contaduría pública del país. Cada año se presentan alrededor de 90,000 dictámenes fiscales, la mayoría son de empresas obligadas y en menor proporción lo hacen de manera voluntaria.

SIPRED 2010

En junio del 2010, Calderón dijo que con la eliminación de este requisito las empresas estarían en posibilidades de reorientar los recursos que gastan para cumplir con esta obligación para otras necesidades.

Antes de esta disposición, los tenían que hacer las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales con ingresos acumulables superiores a 34 millones 803,950 pesos y que el valor de su activo sea mayor a 69 millones 607,920 pesos.

Las donatarias no quedaron exentas de este beneficio porque reciben donativos.

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