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IMCP detecta inconvenientes para personas morales al cambiarse al Resico
A partir del 6 de enero, un número importante de contribuyentes personas morales fueron migradas de régimen por parte del SAT al cumplir con los requisitos para tributar en el mismo.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) advirtió que las personas morales han tenido inconvenientes para migrar al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) que entró en vigor este 2022.
“En los primeros 20 días del año, hemos detectado que la migración de las personas morales al Resico no se da en su totalidad y esto ha generado incertidumbre para los contribuyentes”, comentó en rueda de prensa, Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP.
Explicó que los problemas han surgido en los casos en donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó el cambio de régimen, sin embargo éste no procedía. Por ello, recomendaron a las personas morales que presenten un aviso al SAT a la brevedad.
No obstante, desde el 6 de enero, un número importante de contribuyentes personas morales fue cambiado, por parte del SAT, al Resico al estimar que cumplieron con los requisitos para tributar en el mismo, aclaró.
Una persona moral (o física) que ya existía para el SAT antes del 2022 deberá presentar a más tardar el 31 de enero un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el fisco.
Dudas sobre cancelación del CFDI
De igual forma, el IMCP apuntó que hay irregularidades en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) debido a que si el contribuyente tiene la necesidad de cancelar alguno, porque se duplicó o la operación no se configuró, surge la incertidumbre sobre el plazo en que aparecerá reflejado en el sistema.
“Consideramos que es necesario adicionar una regla miscelánea para señalar que los anticipos y rendimientos se puedan aplicar en pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR)”, comentó Grajeda Trejo.
A principios de enero, el SAT habilitó en su página de Internet el simulador de declaraciones de pagos provisionales para personas morales en el nuevo Régimen Simplificado para que los contribuyentes se familiaricen y conozcan la nueva declaración que utilizarán para cumplir su obligación.
Resico es obligatorio para personas morales
El Resico para las personas morales es de carácter obligatorio, siempre y cuando tenga ingresos anuales por hasta 35 millones de pesos. La tasa del Impuesto sobre la Renta es de 30%, no obstante el fisco les cobrará sobre ingreso efectivo y no sobre ingreso facturado.
De acuerdo con datos del SAT, 2.2 millones de contribuyentes son personas morales.
Ante ello, la presidenta del IMCP informó que han sostenido encuentros con el SAT, en particular con el área jurídica. En dichas reuniones se ha contado con la presencia de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
En este sentido, el instituto desconoce exactamente cuántos contribuyentes personas morales se han cambiado al Resico, no obstante, sus asociados de toda la República han hecho saber las inquietudes latentes.
“No sabemos con certeza cuántos contribuyentes han migrado (de régimen), pero la expectativa que tiene el SAT es que prácticamente todo el sector de personas morales tribute en el Resico. Sólo Grandes Contribuyentes y empresas que tributan en otros regímenes quedarán fuera”, agregó Laura Grajeda Trejo.
Declaración 2021
Como cada año, personas físicas y morales deben de presentar su declaración anual en marzo y abril. Por ello, el gobierno federal ha lanzado plataformas de capacitación para los contribuyentes.
La idea es que los contadores y contribuyentes que tengan inquietudes tomen de forma temprana los cursos en donde hay información técnica sobre los temas de la declaración anual y comprobantes fiscales.