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El Empresario

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¿Cuánto le corresponde por el reparto de utilidades?

Este ingreso se calcula conforme a los días trabajados y el salario que percibe a la fecha, por lo que mientras más días trabajados acumule y más alta sea su percepción, mayor será la cifra de utilidades que recibirá.

Recibir un ingreso extra siempre será visto con buenos ojos, y este mes podrá obtenerlo a través del reparto de utilidades que por ley realizan las empresas a sus trabajadores. Este ingreso se traduce como una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad o servicios que ofrece.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el 30 de mayo es la fecha límite para repartir utilidades en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

Cuánto corresponde por el pago de utilidades

Aunque no existe un monto fijo que los trabajadores reciban por utilidades, éste se calcula conforme a los días trabajados y el salario que percibe a la fecha, por lo que mientras más días trabajados acumule y más alta sea su percepción, mayor será la cifra de utilidades que recibirá.

“Este porcentaje se determina sobre la base de las utilidades de la compañía. Una vez que ésta determina cuál es el resultado, se hace un cálculo adicional y a ese resultado se le aplica 10%, que es la cantidad que se va a repartir entre todos los trabajadores actuales o que laboraron al menos 60 días durante el ejercicio fiscal anterior”, explicó Manuel Patlán, director de Finanzas de la comparadora de servicios Coru.

Sin embargo, el directivo aseveró que si los resultados de la empresa no son favorables no está obligada a otorgar utilidades.

“Las utilidades se determinan sobre el resultado de una empresa. Esto es, si la compañía tiene pérdidas, entonces no está obligada a realizar reparto. Tampoco están obligadas las empresas que tienen menos de dos años operando, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el Instituto Mexicano del Seguro Social y entidades públicas culturales, asistenciales o de beneficencia, así como ciertas empresas con capital menor al que establezca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, comentó.

Sobre a quiénes sí aplica este pago, la Profedet informó que aquellos trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión, tendrán derecho al reparto.

“A quienes no laboraron ese tiempo se les considera trabajadores eventuales y no tienen derecho a reparto”, agregó Manuel Patlán.

Tome previsiones

En caso de que el periodo establecido para el reparto de utilidades finalice y no reciba dicho pago, puede actuar de diferentes formas. Tome en cuenta que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si los trabajadores no reciben esta prestación o se les paga de forma incompleta, tienen un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.

“En principio, hay que contactar de manera directa a la empresa y verificar que no haya alguno de los casos de excepción de reparto de utilidades. Si está legalmente obligada, el empleado puede acudir a la Profedet para solicitar asesoría e iniciar una revisión”, dijo Patlán.

Por ello, la Profedet invita a las empresas y patrones a cumplir con dicho reparto en tiempo y forma, pues no hacerlo conlleva a multas que van de 50 a 5,000 salarios mínimos vigentes.

Recuerde que, además de los días laborados, son efectivos todos aquellos en que, por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, los trabajadores perciban su salario aun cuando no laboren, tales como incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y posnatales, descanso semanal, vacaciones y días festivos y permisos con goce de sueldo.

Saque provecho

Al recibir las utilidades tiene la oportunidad aprovechar y planear el destino que les dará, de no hacerlo puede diluirse en gastos hormiga o compras no planeadas que asfixiarán su cartera.

Por ello, Manuel Patlán sugirió utilizarlas para el pago de deudas que generan interés, como tarjetas de crédito, préstamos bancarios o créditos hipotecarios.

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