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Comisiones del Senado aprueban reforma minera sin cambios

La votación del dictamen que modifica cuatro leyes se efectuó sin la participación de los senadores de la oposición, conformada por el PAN, PRI, MC y PRD.

Foto EE: Rosario Servin.

Las comisiones unidas de Minería y Desarrollo Regional y de Estudios Legislativos Segunda de la Cámara de Senadores aprobaron, sin cambios y por 15 votos de Morena y aliados del PT, PVEM y PES, la minuta que reforma la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua.

Las enmiendas a la Ley Minera disminuyen de 100 a 80 años la duración de las concesiones mineras.

El artículo 15 de la citada ley en ciernes ordena que las concesiones mineras se encuentran sujetas al régimen de dominio público de la Federación y confieren el derecho a realizar la explotación, beneficio y aprovechamiento sobre los minerales o sustancias sujetos a la aplicación de la ley.

“El título de concesión debe especificar cada mineral o sustancia susceptible de explotación. Las concesiones mineras tendrán una duración de 30 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Minería, de los cuales, los primeros cinco se destinarán a actividades pre operativas. Las concesiones se podrán prorrogar, por una sola ocasión, por un término de 25 años, cuando sus titulares no hubieren incurrido en cualquiera de las causales de cancelación previstas en la presente Ley, lo soliciten dentro de los dos años y hasta un año antes del término de su vigencia, y cuenten con las autorizaciones y permisos necesarios para su operación, así como con la concesión de agua para uso industrial en la minería’’, precisa la nueva redacción.

Condiciones actuales

La ley en vigor establece que las concesiones mineras tendrán una duración de cincuenta años y que se prorrogarán por otros cincuenta años si sus titulares no incurrieren en las causales de cancelación previstas por la ley y lo solicitan dentro de los cinco años previos al término de su vigencia.

Los cambios refieren también que la secretaría del ramo “sólo otorgará concesiones mineras mediante concurso de licitación pública que garantice al Estado las mejores condiciones económicas y de beneficio para la población, así como la realización de acciones para preservar, restaurar y mejorar el ambiente, prevenir y controlar la contaminación del aire, agua, suelo y subsuelo, de conformidad con las disposiciones aplicables’’.

El título de concesión, precisa, debe ser entregado a quien obtenga el fallo del concurso correspondiente, previa tramitación de las autorizaciones y permisos ambientales, laborales, energéticos, sociales y cualquier otro que en materia federal se deba tramitar, además de la concesión de agua para uso industrial en la minería correspondiente, conforme a las normas vigentes.

Se prevé que el decreto aprobado en comisiones, sin la participación de senadores del PAN, PRI, MC y PRD, será sometido a la discusión y votación del pleno cameral en la sesión ordinaria convocada para hoy viernes.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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