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Contratos de protección serán erradicados: STPS

La dependencia firmó un convenio con los secretarios del Trabajo de los estados para combatir esta figura; investigadores calculan que 90% de los contratos del país son de esa naturaleza.

Los secretarios del Trabajo del país firmaron un acuerdo para erradicar y rechazar los contratos que simulan la contratación colectiva de trabajadores para evitar emplazamientos a huelga, los llamados contratos de protección, informó Alfonso Navarrete Prida, titular de la STPS.

Luego de las acusaciones en el extranjero que acusan a nuestro país como un promotor de los contratos de protección patronal, Navarrete Prida rechazó tales señalamientos y destacó que la firma del acuerdo es un acto sin precedentes , aunque aún está pendiente la divulgación de los detalles de la estrategia que se utilizará para combatir estos contratos.

La firma del acuerdo, sostuvo en conferencia de prensa, es para dar certidumbre y cumplir con requerimientos internacionales que darán pauta a que México pueda firmar el Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica (TPP).

Es una respuesta de todo el gobierno de la República a una serie de cuestionamientos que no son bien sustentados y que han tenido intereses específicos , declaró.

En ese sentido, rechazó que velada o abiertamente los gobiernos estén promoviendo la existencia de contratos de protección en México. Queremos factores de la producción fuertes, sindicatos muy fuertes y cámaras empresariales muy fuertes .

En la declaración del gobierno de Estados Unidos ante la Comisión de Aplicación de Normas, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la pasada 104 reunión de la Conferencia Mundial del Trabajo, se critica que la reforma laboral mexicana del 2012 no previene la existencia de los contratos de protección, pues no incluye mecanismos que permitan demostrar que los trabajadores apoyan el contrato colectivo de trabajo antes de ser depositado en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

En el documento firmado en el marco de los trabajos de la Conferencia Nacional de Secretarios del Trabajo (Conasetra), los responsables de la política laboral del país se pronunciaron por continuar protegiendo el derecho pleno a la sindicalización y contratación colectiva, haciendo un frente común contra cualquier práctica de simulación que restrinja la libertad de los trabajadores de decidir su representación, o su voluntad de suscribir un contrato colectivo con su pleno conocimiento y consentimiento.

También se comprometieron a intensificar la promoción y vigilancia en el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia sindical, con el objetivo de fortalecer el ejercicio de los derechos de los trabajadores, con pleno respeto a la autonomía sindical.

En camino, el Convenio 98

Esta discusión se inserta en la firma o no de México para adherirse al Convenio 98, que promueve la Organización Internacional del Trabajo, relacionado con la contratación colectiva, y que se espera en diciembre sumarse al mismo, según explicó el titular de la STPS.

Al respecto, Tomas Natividad Sánchez, presidente de la Comisión Laboral de la Coparmex, dijo que no debe firmarse (el Convenio 98), porque va en contra de toda la legislación laboral que durante muchos años hemos manejado en el país. No está acorde con nuestras libertades sindicales, no es así de fácil firmar un convenio de esa naturaleza .

Si se firma este convenio, a través del Senado de la República, se vuelve ley suprema; es decir, que está por arriba de la Ley Federal del Trabajo.

Natividad Sánchez dijo que en México no existen los contratos de protección, sino los contratos de no aplicación, porque la mayoría de las empresas que los firman no lo hacen para violar derechos o pagar menos a los trabajadores, los firman para no estar siendo extorsionados por grupos sindicales que se dedican a eso .

En tanto, Ricardo Martínez, socio de la firma de abogados laborales Littler, dijo que el Convenio 98 que se pretende firmar tiene como principal objetivo que verdaderamente la negociación sea libre para los trabajadores, lo cual ayuda mucho a que haya realmente sindicalización para que no puedan presentar emplazamientos a huelga en donde no existen trabajadores, y eso implica reducir la corrupción .

De acuerdo con Alfonso Bouzas, investigador de la UNAM, 90% de los contratos laborales en el país son de protección, y de acuerdo con datos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, existen 29,018 contratos registrados en el país.

Compromiso ?de secretarios

  1. Intensificarán la promoción y vigilancia en el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia sindical.
  2. Garantizan la protección del derecho pleno a la sindicación y contratación colectiva, haciendo un frente común en contra de cualquier práctica de simulación.
  3. Promoverán el respeto a la autonomía sindical, sin menoscabo de la obligación de tutelar el ejercicio de cada trabajador de su libertad sindical.
  4. Impulsarán la representación tripartita de nuestra institucionalidad laboral como garantía para la eficaz solución de los conflictos laborales.
  5. Promoverán la denuncia de la existencia de los mismos ante la Profedet.

Debate en marcha

Contratos controversiales

Los contratos de protección son instrumentos de contratación colectiva simulada, pues se celebran, firman y revisan al margen de los trabajadores. Los documentos se signan entre la representación patronal y una autoridad sindical que no posee necesariamente la representatividad debida.

Estos contratos surgieron para evitar el estallamiento de huelgas, pues la ley laboral permite emplazar a paro laboral por la ausencia de firma de contrato colectivo de trabajo. El contrato de protección sirve así al patrón para protegerse de ser emplazado por esa causal. No obstante, éste no garantiza necesariamente la protección de los derechos de los trabajadores, como debería ser su objeto principal, de acuerdo con académicos como Alfonso Bouzas. Por su parte, algunos patrones han justificado su uso para evitar ser extorsionados por representaciones sindicales ilegítimas con estallidos de huelga, cuando las empresas no han iniciado operaciones siquiera. (Redacción)

pmartinez@eleconomista.com.mx

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