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“Libertad de expresión no debe sobrerregularse”

Ajustes legales equilibran los derechos de la audiencia, dice la presidenta de la Comisión de Radio y Televisión en Diputados.

Nos tomó muchos años llegar a la libertad de expresión que ahora tenemos, por eso debemos tener mucho cuidado, hay un riesgo de acotar esta libertad a través de la sobrerregulación (...) Evitar eso es el sentido de las reformas a la Ley de Telecomunicaciones que aprobamos el miércoles , dice Lía Limón, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados.

Las modificaciones fueron aprobadas por 14 votos a favor, tres en contra y una abstención. Queda por definirse cuándo se discutirán y votarán en el pleno, podrá haber cambios, pero lo importante es que se cuide el equilibrio entre dos derechos que concurren aquí, los derechos de las audiencias y los de la libertad de expresión , dijo la diputada del Partido Verde.

Los cambios aprobados en comisiones refrendan el principio de autorregulación de los medios de comunicación. Esta autorregulación se dará a través de códigos de ética y de la figura del defensor de la audiencia. Sobre la actuación del defensor, el dictamen indica que éste se sujetará, exclusivamente, al código de ética del concesionario, y sólo rendirá cuentas a la audiencia y a las instancias que, en su caso, prevea el propio código de ética. El Instituto Federal de Telecomunicaciones debe respetar la libertad editorial, programática y de expresión de los medios de comunicación.

Entre las principales modificaciones se encuentra la derogación de la suspensión precautoria de trasmisiones. Se precisan con más claridad cuáles son las sanciones que puede imponer el Instituto Federal de Telecomunicaciones en materia de derecho de audiencias.

Deroga también una disposición que causó gran controversia, la obligación a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta . Esta disposición fue objeto de críticas por los profesionales de la comunicación. Algunos juristas consideraban que iba en contra de los artículos 6 y 7 de la Constitución, donde se prohíbe que la manifestación de las ideas sea objeto de una inquisición judicial o administrativa . Creo que con las modificaciones propuestas hemos logrado un equilibrio entre los derechos de la audiencia y los derechos relacionados con la libertad de expresión , dice Lía Limón. Los derechos de las audiencias serán custodiados por el IFT, que mantiene sus facultades de vigilancia y la posibilidad de sancionar.

Respetan iniciativa del legislativo

Actuamos apegados a la ley: IFT

Ante una eventual aprobación por parte del Congreso de una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que atenta contra el derecho de las audiencias y algunas facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el regulador dijo que éste sólo ha actuado conforme a la ley.

El IFT dio como referencia que el artículo 6° de la Constitución reconoce los derechos de las audiencias y dispone que la ley establecerá los mecanismos para su protección.

Este reconocimiento fue motivado por el Constituyente Permanente, en la necesidad de una adecuada protección del derecho a la información , dijo.

Sin embargo, ante las descalificaciones sobre la actuación del IFT por parte de algunos legisladores, el instituto reiteró su convicción de haber actuado en todo momento conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión .

Por ello, dijo que las controversias constitucionales representan una oportunidad para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre el alcance y tutela efectiva de los derechos de las audiencias.

No obstante, el IFT respeta la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias, pero tratándose de derechos finalmente reconocidos en nuestro marco constitucional después de un amplio consenso social , expresó. (Claudia Juárez)

lmgonzalez@eleconomista.mx

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