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Prevén que pleito por plantas de autoabasto eléctrico llegue a la SCJN

El regulador no ha dado luz verde a Iberdrola y ya se han promovido juicios de amparo, como parte de los cuales la Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma ya consiguió una suspensión para seguir recibiendo energía.

CFE: ingresos 2020

La sanción que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) buscará imponer a la empresa energética española Iberdrola, a quien acusa de vender energía ilegalmente en el servicio de autoabasto, podría llegar junto con otros 10 procedimientos hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según expertos, para quienes la escalada en los desacuerdos entre el gobierno mexicano y la IP llega a un punto en el que no habrá ganadores y sólo se verán afectados la certeza jurídica y el prestigio del país como un destino para inversionistas.

Por lo pronto, ya uno de los socios a quienes la española provee energía, la Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, consiguió la suspensión para el acto de autoridad de la CRE, con lo que sigue recibiendo energía aunque no por el permiso de autoabasto de la central de Dulces Nombres en Pesquería, Nuevo León, que dejó de operar una vez que se venció su contrato de interconexión el 31 de enero pasado, sino por la cogeneración aislada que le provee Iberdrola. 

A la vez, se interpusieron amparos para cada una de las cuatro plantas que Iberdrola tenía bajo el régimen de autoabasto cuyos permisos no cuentan con temporalidad, aunque los contratos de interconexión la filial Transmisión de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se vencían este año, como en el caso de Dulces Nombres, otra más en 2023 y dos más en 2027.

Dichos amparos promovidos por la española que defiende ante la negativa de la autoridad, la CRE de migrar sus permisos que eran legados de la Ley del Servicio Público del 1992 a permisos de generación de la Ley de la Industria Eléctrica del 2013. Con esta negativa, la CFE no puede así renovar su contrato de interconexión al sistema eléctrico nacional

Iberdrola tiene las de ganar y el gobierno eventualmente le redituará las pérdidas, porque la CRE debía darle la migración en 20 días, es por ley”, explicó a El Economista Víctor Ramírez Cabrera, analista del sector, “el tema se complicó muchísimo y cada vez existen menos dudas en el sector de que esto va a terminar desahogándose en la Corte”.

A su vez, Rosanety Barrios, experta en energía, consideró que la pugna de la actual administración contra los permisos de autoabasto la ha llevado no sólo a diseñar sino ya a implementar (como se observa con estas negativas) un marco legal abusivo en el que cambiará la Constitución, violando todo tratado en el que está México por consistir en una arbitrariedad retroaciva, dejando fuera a inversionistas pero sin un plan trazado, como si “por unos cuantos árboles quemará todo el bosque”. 

Este régimen, que surgió en 1992 por la necesidad del empresariado de competir en la integración regional del TLCAN, es completamente legal según el transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica vigente, por lo que la sanción de la CRE no tiene sustento puesto que la Ley de Sociedades Mercantiles en México permite que existan socios minoritarios, a los cuales el gobierno acusa de pagar IVA en las transacciones, lo que los convierte en clientes.

karol.garcia@eleconomista.mx

Karol García es reportera de Empresas y Negocios.

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