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Todos los caminos llevan a la Bolsa: de Rihanna a Beyoncé, pasando por Lionel Richie, al mercado bursátil
¿Qué tienen en común artistas de la talla de Mariah Carey, Gwen Stefani, Nicki Minaj, Martin Garrix, Avicii, Usher, Will.i.am, Akon, Lionel Richie y Usher? Las respuestas a esta interrogante abundan y, a decir verdad, la corrección de las mismas depende de las incontables perspectivas desde la cual se aborde la interrogante.
Para efectos de estas líneas, empero, una sola respuesta la satisface: Johntá Austin, Sean Garrett y Rico Love, todos ellos autores cuyas obras se enlazan en un catálogo que constituye, ni más ni menos, el portafolio del ingente fondo de inversión Hipgnosis Songs Fund Ltd., que se ha hecho de la titularidad de los derechos patrimoniales (copyright interest) sobre éstas —dichos derechos suponen la facultad de percibir, entre otros, ingresos, concretamente, las regalías correspondientes, ya a derechos mecánicos, i.e., aquellos que se generan por virtud de las copias, ventas o reproducciones de estas obras musicales, ya a derechos de sincronización, que son aquellos que se generan por, inter alia, la fijación en una obra audiovisual; ora por anticipos, ora por ejecuciones o representaciones públicas, o bien, por los pagos que le incumban al licenciatario por virtud de un contrato de licencia—, todo bajo la férula del otrora manager de Elton John, Guns N’ Roses y Beyoncé, Merck Mercuriadis.
Buena parte de los recursos mediante los cuales Hipgnosis obtuvo los derechos autorales, cuyo precio parece tan estable como el de otros bienes que fungen como reserva de valor se obtuvieron mediante la oferta pública inicial (2018) de acciones ordinarias, sin expresión de valor nominal, de una serie especial emitidas por aquella entidad, así como por emisiones subsecuentes de estos valores al amparo de un programa en la London Stock Exchange, la ‘Bolsa de Londres’: £200 millones por virtud de la colocación derivada de la oferta inicial; £142 millones más en 2019.
La bursatilización de derechos de cobro, por otra parte, no es ajena a la experiencia nacional. Así, por ejemplo, en el mercado de valores en los Estados Unidos Mexicanos se han emitido una y otra vez certificados bursátiles fiduciarios respaldados por derechos de cobro. Más aún, sobre las estructuras de capitalización, ya mediante fondos de inversión, ya mediante la inversión directa, México tampoco echa de menos experiencia. ¿Por qué no intentar una empresa semejante, pero con derechos de cobro propios de la industria de la música? Hacemos votos para que esto suceda.
También en estos tiempos y en este respecto, quisiéramos llamar la atención sobre otro caso de éxito: la inversión de BlackRock Alternative Investors —una subsidiaria de BlackRock, Inc.— en el capital de Primary Wave para adquirir, entre otros, derechos con respecto a una porción del catálogo de obras William “Smokey” Robinson Jr., así como otros derechos con respecto a autores que no han sido revelados. Ésta no ha sido, por cierto, una intentona que no descansa en experiencia previa alguna: en 2013 Primary Wave adquirieron los derechos patrimoniales correspondientes, no lo tenemos claro, o a Julian Lennon o a los productores de fonogramas, con respecto a música de los Beatles, así como a otras personas o entidades con respecto a la banda Earth, Wind & Fire, Steven Tyler y Kurt Cobain, para venderlos, parcialmente, a Bertelsmann Music Group, entidad con la que tienen un joint-venture. Primary Wave es uno de los jugadores claves en el mercado de la música de los “clásicos” (usamos este término según su connotación de “universal” o “atemporal”).
La industria de la música, pues, no se ha extinguido, sino que, como muchos otros giros, ha ido transformándose, a veces paulatinamente, en otras ocasiones de manera súbita, pero siempre en plena marcha, sin frenar. Lo cierto es que en medio de estos cambios, los ingresos vinculados a la música que se produce hoy día (a diferencia de la música de los clásicos, los ingresos relativos a la cual tienen una explotación disímil) no han disminuido, sino que se han encauzado hacia otras direcciones, v.gr., la comercialización de espectáculos en público; no es casualidad que el touring sea, pues, la fuente de ingresos más importante para los propios artistas hoy día. Quizá sea momento de explotarla en los mercados financieros, tal y como sugieren las experiencias que referimos en esta nota.
La incursión exitosa en el mercado bursátil por Hipgnosis, desde el seno de la industria de la música, o bien, la capitalización de Primary Wave, sugieren un inventario, así sea breve, de conclusiones: en primer, lugar que las regalías de las obras musicales tienen un valor cuya estabilidad en el tiempo es, cuando menos, atractiva; en segundo término, que esta experiencia es replicable, sí, pero bajo la capitanía de algún lobo de mar, a la vez que en otras industrias, ¿por qué no pensar en la industria cinematográfica o de la televisión?
Sea como sea, el andamiaje jurídico de las estructuras que en su caso lleguen a implementarse para la obtención de recursos en los mercados financieros para las industrias del entretenimiento deben ser lo suficientemente robustas para eliminar los obstáculos previsibles y relativos, sobre todo, a los riesgos que entraña la propia industria; en este sentido, quienes se encarguen, en su caso, de su articulación deben tener un conocimiento profundo de ésta.
Ramón Bravo es Socio de Impuestos y Servicios Legales y Martín Cortina Camargo, Asociado Senior en Deloitte Impuestos y Servicios Legales, S.C.