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Busca OIT fortalecer libertad sindical y contratación colectiva, en línea con la reforma laboral y T-MEC
La reforma laboral del 2019 tuvo su base no sólo en el acuerdo comercial, sino también hay casos ante los órganos de control de la OIT.
Un tercio de los acuerdos en la Organización Mundial de Comercio (OMC) incluyen referencias laborales, es decir, toman como pilar la declaración del Convenio 98 (derecho de sindicación y negociación colectiva), tal y como lo tiene México desde la firma del T-MEC en un capítulo laboral y en la reforma laboral; razón por la que la oficina de la OIT en nuestro país busca fortalecer, no sólo con los empleadores y trabajadores; sino con el propio Poder Judicial de la Federación.
En entrevista Elizabeth Echeverría Manrique, asesora Técnica Principal del Proyecto OBSERVAR, explicó que el proyecto que inició la oficina de la OIT en nuestro país desde el año pasado, tiene como objetivo contribuir con acuerdos, asistencia técnica y acompañamiento a los mandantes tripartitos; “fortaleciendo la implementación de las reformas laborales”.
“Estamos trabajando con el Poder Judicial de la Federación, en especial con los Tribunales Federales de Asuntos Colectivos, y hemos organizado, ya este año un primer intercambio, donde varios jueces en materia laboral, independientemente de si vieran asuntos individuales o colectivos, tuvieron la oportunidad de ir a Ginebra a recibir capacitación; con especialistas en distintas materias, no solamente abarcando la libertad sindical, sino entendiendo cómo son los órganos de control, quiénes son quienes supervisan la aplicación de las normas”.
Echeverría Manrique detalló que, en este nuevo modelo laboral, se les ha enseñado a los jueces cómo funcionan los órganos de control, qué tipo de pronunciamiento realizan para que puedan comprender cómo se realiza la supervisión y traerlo a la práctica en el campo del derecho nacional.
“Estamos realizando esos avances y hemos realizado distintas capacitaciones de la misma manera a jueces, de hecho aproximadamente tenemos 178 magistrados, jueces, secretarios de acuerdos, y en general operadores de la justicia laboral que han recibido algún tipo de formación proveniente de nosotros, de los cuales, al menos 20 fueron a Ginebra”, añadió.
Reducir la injerencia laboral
Dado que parte de los objetivos del proyecto OBSERVAR es garantizar la aplicación efectiva de los Convenios (87; 98 y 135, así como su recomendación 143); abarca sectores clave como la industria manufacturera, automotriz y servicios, tiene claro que es indispensable atender el tema de injerencia, nos sólo por la parte patronal, sino también de los trabajadores.
“Esos tres convenios abarcan temas de los actos de no injerencia en las actividades, tanto de las organizaciones sindicales, de trabajadores, como lo mismo para los empleadores, porque a veces se nos olvida que la libertad sindical va hacia los dos lados, por algo existen organizaciones de empleadores en México, que propiamente son sindicatos. Entonces, damos capacitación sobre qué constituyen actos de injerencia desde la perspectiva internacional”.
Recordó que la reforma laboral del 2019 tuvo su base no sólo en el acuerdo comercial, sino también hay casos ante los órganos de control de la OIT, “en específico el Comité de Libertad Sindical, en donde la problemática mexicana ya se había estado examinando desde el 2004; y que son temas en los que se necesitaba avanzar para promover el pluralismo sindical, combatir los actos de discriminación antisindical, y fundamentalmente también procurar una administración de justicia laboral que fuera más pronta y expedita”.
Echeverría Manrique resaltó que, dado que se espera una revisión del T-MEC el próximo año, “nuestra función no es supervisar el tratado; pero sí existe un vínculo natural dado que un tercio de los acuerdos comerciales ante la Organización Mundial del Comercio incluyen cláusulas laborales. Es decir, referencias a la Declaración del 98 o a convenios específicos y esto lo vemos más en el marco de los convenios de la Unión Europea”.