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Finanzas Personales

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Conozca todo lo necesario para realizar su declaración anual

Para cumplir con este trámite por Internet, los contribuyentes sólo deben ingresar su RFC, contraseña y un captcha de seguridad.

Abril es el mes de la declaración anual de impuestos para las personas físicas. Si bien para muchos esto podría ser un dolor de cabeza, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha realizado mejoras en sus sistemas y puesto a disposición de los contribuyentes herramientas para agilizar el trámite.

“Septiembre es sin duda el mes de la patria, pero marzo y abril son justamente la oportunidad para demostrar qué tan mexicanos somos, qué tan comprometidos estamos con la patria. No se nos olvide que el impuesto a pagar no es dinero nuestro, es dinero de la nación. Démosle entonces a México lo suyo para que podamos seguir creciendo”, afirmó hace algunos días Margarita Ríos-Farjat, jefa del órgano recaudador.

Uno de los grandes avances que ha tenido el SAT son las declaraciones prellenadas, en las cuales el contribuyente sólo debe revisar que sus datos sean correctos para mandar su declaración anual, con lo cual se ahorrará varios minutos, e incluso la podrá hacer desde la comodidad de su casa, a través de Internet.

En el prellenado los contribuyentes encontrarán información sobre los sueldos y salarios con comprobantes de nómina, así como los ingresos por actividades empresariales, profesionales y arrendamiento, con datos de pagos provisionales.

Asimismo, podrán encontrar los intereses y dividendos con montos de ingresos y retenciones, así como las deducciones personales.

Requisitos

Para realizar la declaración anual por Internet, los contribuyentes sólo deben meter su RFC (consultar), contraseña y un captcha de seguridad. Con ello podrán acceder a la propuesta de declaración anual, consultar lo que ya se envió e imprimir el acuse.

El prellenado se genera a través de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) que recibe o emite el contribuyente, por lo cual el SAT ha exhortado en varias ocasiones a los causantes que no olviden pedir su factura en cada transacción que hagan y que verifiquen que estén bien los datos, ya que no sólo ayuda al SAT a mejorar la fiscalización, sino también a calcular de manera más rápida y ágil las devoluciones.

“El CFDI es un gran insumo para el SAT, para que podamos presentarles a los contribuyentes el prellenado”, explicó hace algunos días Patricia Delgado Medellín, administradora central de Declaraciones y Pagos del SAT.

Las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual en este mes son aquellas que estén como asalariados y hayan tenido más de un patrón el año pasado; aquellas que tengan ingresos por arrendamiento, honorarios o actividades empresariales, así como quienes dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2018 o recibieron ingresos anuales mayores a 400,000 pesos.

Pese a que un asalariado no esté obligado a presentar la declaración anual, éste la puede llevar a cabo, ya que puede resultar con un saldo a favor.

Deducciones y devoluciones

Uno de los llamativos de hacer la declaración anual, además de cumplir con la obligación fiscal, es que una vez realizada se puede obtener un saldo a favor por deducciones, el cual será devuelto al contribuyente en su cuenta bancaria.

De acuerdo con el órgano recaudador, las personas físicas pueden deducir gastos médicos, gastos funerarios, donativos, primas de seguros de gastos médicos, transporte escolar, aportaciones complementarias para el retiro, cuentas personales de ahorro para el retiro, colegiaturas e intereses reales.

Cabe destacar que ahora, en la parte de deducciones personales, la clasificación es por concepto y no por factura.

La ley estipula que las personas físicas pueden deducir hasta 147,014 pesos o bien, hasta 15% de su salario, dependiendo cual sea menor. La devolución puede tardar entre un plazo de 5 y 40 días hábiles.

Anteriormente, Margarita Ríos-Farjat informó que tienen registradas casi 7 millones de cuentas CLABE, lo cual da certeza al contribuyente de que, si tiene una devolución, se le depositará.

Horarios de atención y multas

Si tiene dudas respecto a cómo hacer su declaración anual, puede aclararlas en los diferentes canales de atención, como las redes sociales, chat y por teléfono, con un horario de lunes a viernes de 8:30 de la mañana a 6:30 de la tarde, y el último sábado de abril de 9 de la mañana a 1 de la tarde.

La ventaja de realizar la declaración anual por Internet es que el contribuyente la podrá mandar en cualquier horario.

En caso de querer asistir a la oficina del SAT, los horarios son de 8 de la mañana a 4 de la tarde del 1 al miércoles 17 de abril, mientras que el 18 y 19 de abril serán días inhábiles por el periodo de Semana Santa, regresando la atención del 22 al 26 de abril, con un horario de 8 de la mañana a 6 de la tarde.

“El día sábado 27 de abril se tendrá atención extraordinaria de 9 de la mañana a 1 de la tarde y para el 29 y 30 de abril, por ser cierre de campaña, las oficinas darán servicio de 8 de la mañana a 8 de la noche”, indicó el SAT.

Los contribuyentes obligados a hacer la declaración tendrán como fecha límite el 30 de abril de este año y, en caso de no presentarla, podrían ser acreedores a una multa entre 12,640 pesos y 25,300 pesos.

ana.martinez@eleconomista.mx

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