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Finanzas Personales

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Constancia de situación fiscal ¿Ya la tienes?

Los patrones piden este documento para poder actualizar la información en el timbrado de nómina, tal y cómo se requiere dentro de la factura electrónica 4.0.

Si eres asalariado quizá en el trabajo te solicitaron una constancia de situación fiscal, documento que puedes obtener a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que contiene toda tu información fiscal, como el RFC, fecha de alta, régimen en el cual estás inscrito, obligaciones ante el fisco y domicilio fiscal, entre otros detalles.

Es indispensable que entregues este documento lo antes posible a la empresa donde laboras, porque ella a su vez, tiene que usarlo para actualizar tus datos y emitir los recibos de nómina bajo las actualizaciones de la factura electrónica 4.0.

Este año entró en vigor un ajuste para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), la conocida factura electrónica 4.0, a la cual, a más tardar el 1 de julio tienen que adherirse las empresas que emiten recibos de nómina.

Para esta factura 4.0 se necesita que los patrones agreguen dentro de los comprobantes de nómina información actualizada de sus trabajadores: RFC, régimen fiscal, domicilio registrado ante el SAT, entre otros detalles que contiene el documento, explicó Norma Cruz, directora de Autonomía Fiscal para Mujeres.

“Hubo modificaciones en la Ley con respecto a la facturación, esto incluye el timbrado en los recibos de nómina. Entonces, lo que hacen los patrones es registrar esa información en sus nóminas y el SAT verifica los datos de los trabajadores, que su RFC, nombre y domicilio fiscal concuerden con lo que ellos tienen”, detalló.

La contadora explicó que las empresas tiene hasta el 1 de julio para integrar las constancias de situación fiscal y emitir los recibos de nómina con estas actualizaciones, es por ello, que algunas con anticipación otras con menos tiempo pidieron a los trabajadores esta constancia bajo la advertencia de que, en caso de no entregarlo no se podrá pagar su quincena.

Lo anterior tiene que ver con que sin este documento las empresas no podrán emitir los recibos de nómina tal y como el SAT los requiere.

En redes sociales se ha manifestado inconformidad por parte de diversos trabajadores, quienes reclaman que tardan horas para obtener este documento que en fechas de no saturación del sistema se obtiene en menos de cinco minutos. (Siempre y cuando ya tengas usuario y contraseña).

¿Cómo se obtiene?

Existen cuatro opciones para obtener la constancia de situación fiscal.

La primera, es si ya te diste de alta en el buzón tributario ingresas a la plataforma del SAT con el RFC y contraseña de acceso, das clic en la opción de otros trámites servicios y seleccionas  el apartado donde dice: genera tu constancia de situación fiscal. Desde ahí se puede descargar.

La segunda opción es realizar la descarga por medio del portal SAT ID, ahí se pueden hacer dos procedimientos: primero, si no tienes contraseña puedes tramitarla desde ahí y crear un usuario que te ayudará para ingresar a tu buzón tributario en cuestiones futuras. Dos, desde ahí puedes descargar directamente tu constancia. Para los dos casos se solicita la misma información: RFC, identificación oficial, correo electrónico, y grabar un video para verificar tu identidad.

“Aquí la recomendación es, en vez de seleccionar la opción de generar la constancia directamente, primero registres un usuario y contraseña para tener ingreso en otras ocasiones”, expresó Norma Cruz.

La tercera opción puede ser por medio de chat del SAT. Para ingresar y solicitar la constancia te pedirán datos personales y un correo electrónico al que te enviarán el documento, sin embargo, en los últimos días ha estado saturado por el incremento de solicitudes.

La cuarta, es asistir a una delegación del SAT para pedir la impresión de la constancia, te pedirán CURP, identificación oficial y comprobante de domicilio.

¿Qué pasa si los datos son incorrectos?

Si tu constancia de situación fiscal resulta con algún error, es decir, datos incorrectos o que se requieran actualizar, de primera instancia, para los efectos que la requiere el patrón no impactaría, pero se deberá actualizar la información lo antes posible.

Norma Cruz, explicó que es muy frecuente que el domicilio fiscal no esté correcto, porque durante mucho tiempo los patrones daban de alta al trabajador y lo registraban con la dirección de la empresa.

“En muchos casos traen el domicilio de su primer trabajo. Entonces, habría que actualizar su información, sin embargo, para efectos de timbrar la nómina no afecta, el nuevo patrón solo deberá poner los datos como están en la constancia, pero el trabajador después sí tendrá que actualizar los datos”, dijo.

yuridia.torres@eleconomista.mx

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