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IMCP llama a los contribuyentes a cumplir con declaración anual
Cualquier contribuyente se le devolverá saldo favor de su declaración anual 2020 bajo el concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR), a pesar de que su empleador no haya pagado el ISR a la autoridad fiscal.
El 31 de mayo termina la prórroga que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió a las personas físicas, por ello el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) llama a los contribuyentes a ponerse al día y cumplir con sus obligaciones fiscales para evitar multas o sanciones.
“Recomendamos a los contribuyentes presentar la declaración anual en tiempo y, si no lo han hecho, recomendamos acercarse a su contador para analizar las partidas. Recordamos también que las personas físicas tienen la posibilidad de realizar deducciones personales y que normalmente estas deducciones (que tienen diferentes topes), son las que permiten que los contribuyentes generen un saldo a favor”, comentó Diamantina Perales Flores, presidenta del IMCP.
Por su parte, las personas físicas con actividad empresarial que vieron sus bolsillos y su capital laboral impactados por la pandemia de coronavirus existe la posibilidad de que puedan tener pérdidas fiscales, sin embargo es necesario que presenten su declaración anual y que no pierdan el derecho a amortizar esta pérdida con el paso del tiempo; por el contrario, si un contribuyente con actividad empresarial tiene una utilidad fiscal posiblemente deba de pagar un impuesto menor al SAT, de igual manera debe cumplir, comentó Perales en videoconferencia.
Por otra parte, a cualquier persona física le podrá devolver saldo a favor de su declaración anual 2020 bajo el concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR), a pesar de que su empleador no haya pagado el ISR a la autoridad fiscal.