Lectura 5:00 min
Si tiene firma electrónica, tenga cuidado al darla a su contador
Al momento de realizar alguna declaración, puede generar una clave CIEC para garantizar la seguridad de su información.
Cuando realiza alguna declaración o trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es necesario que pueda otorgarle los datos de su firma electrónica (e.firma) a su contador; sin embargo, este factor es una práctica que puede ocasionarle diversos problemas. Para ello, Felipe Leñero, director general de la plataforma eFirma.com, asegura que existe un proceso que podrá simplificar esta situación sin poner en riesgo sus datos.
e.firma, en aumento
Desde la implementación de la firma electrónica, en el 2012, la cantidad de contribuyentes y usuarios que han migrado a ese servicio ha ido en aumento.
“De acuerdo con la Secretaría de Hacienda, desde que entró en vigor la Ley de Firma Electrónica Avanzada (LFEA) en el 2012 se tenía una interacción de 20,000 personas registradas con firma electrónica, al 2018 se tiene un registro aproximado de 320,000, esto entre personas físicas y morales. Esto representa una cantidad considerable de personas que cada vez migran hacia este sistema”, agregó el también fundador de la plataforma.
Para Felipe Leñero, las ventajas que tiene el usuario al registrar su firma electrónica son diversas, ya que a pesar de que “remplaza a la tradicional en los medios electrónicos, ésta no puede falsificarse”, añadió.
Sin embargo sí existen riesgos importantes en el escenario de que una persona ajena llegue a poseer dicha información, por lo que el directivo de eFirma.com alerta que bajo ninguna circunstancia se debe entregar la firma electrónica a otra persona.
“Cuando le entregas tu firma electrónica a un tercero le estás dando poder a otra persona de firmar cualquier tipo de documento en tu nombre”, advirtió.
“Para que te des una idea de la gravedad, esa persona puede firmar contratos de compraventa, confidencialidad o incluso pagarés, esto puede llegar a ser muy peligroso”, agregó.
Pese a que la firma electrónica cuenta con altos niveles de seguridad, superior a otros tipos de firmas, ésta sólo es posible si no se comparten los archivos necesarios para firmar mediante este mecanismo.
“Cuando nos entregan nuestra e.firma nos hacen firmar un documento que explica que recae en nosotros la responsabilidad de no compartirla con nadie, así como las obligaciones adquiridas por su utilización”, dijo.
Medidas preventivas
Pero, ¿qué pasa cuando ya le otorgó su firma electrónica a su contador?, Leñero asegura que existen medidas y soluciones preventivas para evitar que se haga mal uso de la información de los contribuyentes.
“Si ya le diste tu firma electrónica a otra persona, lo mejor será que la renueves cuanto antes para así revocar la anterior. Si tu firma electrónica fue expedida por el SAT, puedes realizar el trámite de renovación directamente desde su sitio web”.
Tome en cuenta que la e.firma es un requisito indispensable al momento de realizar diferentes trámites en las áreas del gobierno por lo que es necesario que tome las medidas que brindan las instituciones como el SAT, así como los expertos en el tema.
Declaraciones, a salvo
Al momento de que su contador solicite la información de su e.firma para realizar alguna declaración o trámite al fisco, puede brindarle una Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), para ello es necesario generarla en el sitio web del SAT, con el fin de que pueda ingresar al portal del Sistema de Auditoría de Riesgos del Trabajo sin la necesidad de contar con su firma electrónica.
“La clave CIEC funciona para acceder al portal privado del contribuyente, ver declaraciones, pagos, envío de declaraciones anuales, entre otros, mientras que la firma electrónica sirve para verificar la identidad de una persona en una gran variedad posible de trámites y documentos legales. De ahí la importancia de poder generar esta clave”.
Añade que “la firma electrónica se trata de un mecanismo que sirve para identificar de una manera más segura a las personas al realizar transacciones digitales como la firma de contratos, operaciones bancarias sensibles o en operaciones en el SAT”, dijo el directivo.
De acuerdo con la LFEA, los documentos electrónicos y los mensajes de datos que cuenten con firma electrónica avanzada producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a éstos, por lo que es importante mantener de manera segura esta firma.
El director general de eFirma.com, asegura que la plataforma brinda soluciones para los contribuyentes puedan disponer de las herramientas necesarias para que pueda certificarse de una manera legítima en los diferentes servicios digitales, en este caso, para autenticar sus declaraciones o comprobantes fiscales ante el SAT.
“Para aquellos que buscan aprovechar una seguridad adicional en sus servicios en línea, en eFirma.com podrán administrar documentos importantes y a la vez proteger su patrimonio”.