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CNBV suspende actividades de Nvbola Tower

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ordenó al desarrollo inmobiliario Nvbola Tower la suspensión de forma definitiva e inmediata de operaciones y actividades de difusión, ya sea por medios impresos, electrónicos o por cualquier otro.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ordenó al desarrollo inmobiliario Nvbola Tower la suspensión de forma definitiva e inmediata de operaciones y actividades de difusión, ya sea por medios impresos, electrónicos o por cualquier otro.

La autoridad que regula a las entidades financieras en México, detalló que esto deriva de una investigación que inició en marzo pasado a dicha Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI), por presuntas infracciones a la Ley del Mercado de Valores (LMV).

Refirió que un mes después de iniciar la averiguación, ordenó la suspensión de actividades de difusión con fines de promoción, comercialización o publicidad sobre valores dirigidos al público en general. Sin embargo, la firma ejerció su derecho de audiencia, pero no logró desvirtuar las infracciones a la LMV, en su artículo Siete.

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Por ello, el 25 de mayo de 2017, la CNBV procedió a confirmar la orden de suspensión decretada en contra de Nubola, para que dicha sociedad suspenda en forma definitiva e inmediata las operaciones referidas.

En un comunicado, el órgano regulador precisó que en la ejecución de sus labores de supervisión y vigilancia, ha detectado comportamientos de personas o entidades que, a pesar de no pertenecer al Sistema Financiero Mexicano, contravienen la normatividad financiera que rige en nuestro país.

Indicó que "en específico, empresas que, sin estar registradas en el Registro Nacional de Valores (RNV), ofrecen al público títulos de acciones sobre su capital variable. La Comisión ha investigado y sancionado dichas conductas infractoras, en estricto apego a sus facultades y en protección de los intereses del público .

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En este contexto, el pasado 18 de abril de 2017, la CNBV hizo del conocimiento público la realización de una visita de investigación a Nvbola, el día 23 de marzo de 2017, por presuntas infracciones a la LMV.

En específico, por operaciones que presuntamente llevó a cabo en contravención del artículo Siete, que establece que los valores, para ser objeto de oferta pública dentro del territorio nacional, deberán estar inscritos en el Registro (RNV) .

En seguimiento a lo anterior, esta Comisión informa que, como resultado de dicha visita, el 21 de abril le ordenó a Nubola la suspensión de actividades de difusión, medida que se confirmó el 25 de mayo.

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mfh

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