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¿Qué sigue en la guerra contra las factureras?

Foto EE: Archivo

¿Qué sigue en la guerra contra las empresas factureras? Estamos hablando de una de las industrias ilegales más rentables de México. Un paraíso fiscal para los delincuentes de cuello blanco. En algún momento de 2020, el SAT calculó que eran 8,200 “empresas” y que sus actividades generaban un quebranto superior a los 400,000 millones de pesos.

La 4T tuvo el mérito de poner los reflectores sobre la gravedad del problema que representan las personas y empresas que ganan millones de pesos por emitir facturas que amparan la compra venta de bienes o servicios que no existen. Para combatirlo, propuso una reforma fiscal penal que fue cuestionada por otorgar superpoderes a las autoridades fiscales, el SAT, la UIF y la Procuraduría Fiscal.

La evasión y la simulación fiscal tomaron fuerza en las últimas dos décadas, con la complacencia, complicidad y/o impotencia de las autoridades fiscales. Las nuevas leyes generaron una dinámica diferente: en el 2020 y 2021 las autoridades fiscales, el SAT, la UIF y la Procuraduría Fiscal multiplicaron sus acciones para perseguir y erradicar esa mala práctica. Han abierto cientos de expedientes contra personas y empresas. En algunos casos han ofrecido detalles de cómo operaban: son empresas de reciente creación que tienen facturaciones multimillonarias, proporciona datos falsos y está conformada por uno o varios accionistas “fantasmas”.

En más de un sentido se puede argumentar que las factureras constituyen delincuencia organizada. Es claro que sus actividades privan de recursos al Estado mexicano, además de que agravia a todas las personas que pagan correctamente sus impuestos. Es enorme el desfalco a las finanzas públicas y grande también el efecto de distorsión de la vida económica. No es exagerado decir que algunos de los mayores talentos en materia fiscal de nuestro país se pasaron al lado oscuro para aprovechar la alta rentabilidad de ser facturero. Las EDOS y las EFOS permitían ganar millones de pesos de manera ilegal, con bajísimo riesgo de ir a la cárcel. EDOS, quiere decir Empresas que Deducen Operaciones Simuladas. EFOS, significa Empresas que Facturan Operaciones Simuladas. (Triste el país que tiene nombres casi simpáticos para actividades ilegales que son parte de la vida cotidiana).

El presidente está muy enojado. Hay mucho dinero en juego y una limitación al margen de acción de sus alfiles tributarios. Está ofuscado, pero todo parece indicar que la reforma fiscal penal tuvo fallas de origen, desde el punto de vista de Derecho Constitucional. El problema no es ético moral, sino de técnica jurídica. Es interesante leer los argumentos de los ministros. Jorge Mario Pardo consideró que es desproporcionado y excesivo incluir los delitos fiscales en seguridad nacional. Norma Lucía Piña argumentó que los delitos fiscales no se pueden considerar una amenaza directa a la existencia del Estado… Calificar problemas ordinarios como de seguridad nacional habilitaría al estado a irrumpir en la vida de las personas. Hay que tomarnos en serio los derechos humanos, dijo el presidente de la Corte, Arturo Zaldivar, “la norma desvanece la presunción de inocencia. La prisión preventiva oficiosa es una sentencia adelantada que se aplica cuando todavía no se prueba la culpabilidad de una persona.

Dos de los ministros fueron jefes del SAT. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votó en contra del uso de la prisión preventiva en delitos fiscales. Su argumento fue más o menos así: justificar cualquier ampliación (de las facultades punitivas del Estado) para aumentar la recaudación o evitar la reducación de la misma, podría utilizarse prácticamente en cualquier asunto. Margarita Ríos Farjat consideró que sí hay un peligro para la seguridad nacional porque estos delitos están vinculados a fenómenos de corrupción muy agresivos.

La resolución de la Corte es muy importante porque abre una grieta en el corazón de la Reforma Fiscal Penal que el gobierno promovió en 2019. Le quita superpoderes al tridente que forman el SAT, la UIF y la Procuraduría Fiscal. No podrán apoyarse en la posibilidad de usar la figura de prisión preventiva en contra de quienes cometan delitos fiscales. Eso no quiere decir que el SAT, la UIF y la Procuraduría Fiscal se quedarán con los brazos cruzados, la pregunta cabe, ¿qué harán?

lmgonzalez@eleconomista.com.mx

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Licenciado en Economía por la Universidad de Guadalajara. Estudió el Master de Periodismo en El País, en la Universidad Autónoma de Madrid en 1994, y una especialización en periodismo económico en la Universidad de Columbia en Nueva York. Ha sido reportero, editor de negocios y director editorial del diario PÚBLICO de Guadalajara, y ha trabajado en los periódicos Siglo 21 y Milenio. Se ha especializado en periodismo económico y en periodismo de investigación, y ha realizado estancias profesionales en Cinco Días de Madrid y San Antonio Express News, de San Antonio, Texas.

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