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Opinión

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Regular o no regular la economía digital

La semana pasada me reuní en Santiago de Chile con un grupo de personas que fuimos invitadas por el Centro de Competencia y la Universidad del Sur de California a discutir sobre la economía digital y los riesgos de competencia que en ella surgen. Entre los invitados nos encontrábamos gente de diversos países, principalmente de América. Estuvimos funcionarios públicos de los órganos reguladores, así como académicos, abogados de despachos de competencia y ejecutivos de empresas.

Hubo muchas discusiones particulares, cada una daría para un artículo por sí misma, pero quizá la discusión más amplia fue si debemos regular mediante una ley específica a las plataformas de la economía digital en América Latina.

En Europa ya lo están haciendo. El año pasado la Comisión Europea empezó con la aplicación de la Ley de los Mercados Digitales (Digital Markets Act), aprobada en 2022, la cual tiene como finalidad aplicar provisiones adicionales en materia de competencia económica a las que ya existen para todas las empresas.

Aplicar normas adicionales a ciertas empresas ha ocurrido ya en otros sectores desde hace varias décadas y en muchos países. Por ejemplo, en México tenemos leyes sectoriales que entre sus funciones tienen provisiones adicionales de competencia económica a las de la LFCE, entre ellas:

-Las Reglas para la Organización de Cámaras de Compensación y Pagos con tarjetas prohíben las ventas atadas.

-La Reforma Financiera de 2014 prohibió también las ventas atadas en ciertos servicios financieros como los créditos automotrices, en los que una empresa ya no puede exigir que el usuario le contrate un seguro de vida ligado al aseguramiento del vehículo.

-La Ley de Puertos establece que en general las empresas que administran un puerto no pueden prestar actividades portuarias (con la finalidad de que no sean juez y parte).

-La Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario menciona que los concesionarios siempre deben permitir la interconexión en su modalidad de derecho de paso.

-La Ley de Telecomunicaciones menciona que todas las empresas del sector deben asegurar la interconexión e interoperabilidad de sus redes públicas.

Esto ocurre porque son sectores cuyos mercados tienen características que los hacen propensos a concentrarse y tender hacia participaciones de mercado monopólicas. Algunas de estas características son: el costo de producción decrece cuando crecen las unidades producidas, el valor de la red de una empresa aumenta conforme aumentan sus usuarios, entre otras.

Lo que sí es un tanto diferente es que la Ley de Mercados Digitales en Europa, no está diseñada para un sector económico en específico, sino para un modelo de negocio: el modelo de plataforma de múltiples lados. Por ejemplo, hay plataformas que en “un lado” tienen a los compradores y en otro a los vendedores (marketplaces), otras tienen en un lado a choferes y en otro a pasajeros (plataformas de viajes tipo taxi), otras más tienen en un lado a huéspedes y en otro a propietarios de inmuebles (plataformas de hospedaje), entre otras.

La discusión sobre la necesidad de una nueva ley que regule de manera preventiva a algunas empresas de la economía digital está dándose en varias partes del mundo, menos en Europa, ahí ya la implementaron. Habrá que ver cómo les va. Algunos creen que Europa está sobre regulando plataformas lo cual podría ser malo para la innovación, otros creen que está haciendo lo correcto puesto que varias empresas digitales tienen ya un poder de mercado muy grande y hay un riesgo de que abusen de él.

Otras ideas son más bien implementar modelos de leyes de competencia que tengan herramientas flexibles y cuasi regulatorias para aplicar cierto tipo de regulación caso por caso y no de manera general. México ya tiene un modelo así, de hecho, somos de los pocos países en el mundo que lo tenemos. Hemos usado esta herramienta para investigar y emitir resoluciones sobre varios mercados, y en mercados digitales hay un procedimiento abierto en materia de plataformas de comercio electrónico, que aún está por concluir.

@RodrigoAlczarS1

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