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ABC de las coaliciones electorales en México
La ley contempla tres tipos: total, parcial y flexible; las alianzas entre partidos políticos se reduce estrictamente al periodo electoral.
Las coaliciones electorales son la manera en que se organizan dos partidos políticos o más con el fin de alcanzar puestos de representación popular.
De acuerdo con lo que establece la Ley General de Partidos Políticos, en México existen tres tipos de coaliciones: total, parcial y flexible.
Es total cuando el convenio suscrito establece que en todos los puestos de elección popular en disputa la alianza irá con candidatos comunes.
Es parcial cuando los partidos coaligados comparten más de la mitad de los abanderados. Si la cuarta parte de los aspirantes formaran parte del acuerdo, entonces la coalición será flexible.
El fin de una coalición electoral entre partidos se reduce estrictamente al periodo de los comicios; según el convenio que se establezca, los candidatos asumirán los puestos y entonces la coalición será diluida.
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Para que las alianzas obtengan su registro ante la autoridad electoral competente es necesario que se registre un programa de gobierno, plataforma electoral, declaración de principios, programa de acción y estatutos comunes que sean avalados y acordados por los representantes de todos los partidos políticos.
En las boletas electorales deberán aparecer separados los emblemas de cada partido y el votante podrá marcar uno o a cada uno de los partidos que conforman la coalición y el voto contará como uno solo para los diferentes partidos coaligados.
Durante los comicios sólo uno de los partidos que conforman la coalición deberá tener representantes ante las mesas de casilla y generales en el distrito, es decir, sólo un partido deberá tener una estructura lo suficientemente fuerte para trabajar de manera eficaz durante la elección.
Además, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece que los partidos coaligados tendrán espacios en radio y televisión como si se tratara de un solo partido; sin embargo, la coalición deberá obtener 2% de la votación emitida por cada partido que la conforme para que cada uno conserve su registro, es decir, si ésta está conformada por dos partidos, para que ambos puedan seguir teniendo su registro, deberá reunir 4% de la votación total emitida; si está conformado por 3, deberá tener 6 %, y así sucesivamente.
Para los partidos políticos que no cuentan con la estructura tanto económica como de personal lo suficientemente fuerte, aliarse con un partido que aporte esto puede resultar benéfico, mientras que para los partidos más poderosos puede resultar efectivo captar los votos que pudieran haberse dividido entre los partidos de menor tamaño; también son ellos quienes deciden quién será el candidato que abanderará la alianza.
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Otro de los beneficios que traen las coaliciones a los partidos políticos es que se asignan puestos de diputados por representación proporcional como si se tratara de un solo partido, es ahí de donde los partidos más pequeños de la alianza podrían acceder a un mayor beneficio proponiendo ellos a quienes ocuparán esos puestos.
Existe una diferencia fundamental entre una coalición electoral y un gobierno de coalición. Mientras el objetivo de la primera es lograr un número mayor de votos, la segunda busca la alianza de varias fuerzas políticas con el fin de conformar una mayoría legislativa que respalde un programa de gobierno común y que genere acuerdos que puedan dar continuidad a éste y por ende, pueda ser de un beneficio que trascienda el periodo electoral.
alejandra.ayala@eleconomista.mx
mfh