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Política

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Baja California y Jalisco buscan invalidar bodas gay en DF

Los juicios que buscan evitar las uniones homosexuales en la capital del país, así como la posibilidad de estas parejas de adoptar, se presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los estados de Baja California y Jalisco promovieron juicios ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que buscan que se declaren inválidos los matrimonios entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal y la posibilidad que tienen estas parejas para adoptar.

Este jueves, el pleno del alto tribunal inició el análisis del primer asunto, en el que al igual que el de Jalisco, se demanda la invalidez de los artículos 146 y 131 del Código Civil para el Distrito Federal, que entraron en vigor en diciembre de 2009.

El ministro Sergio Valls, ponente de los proyectos de resolución, propuso a sus compañeros sin mayor preámbulo archivar el asunto por falta de interés legítimo del estado actor, en atención a la autonomía de cada entidad federativa para emitir sus propias leyes.

De acuerdo a su postura, las normas impugnadas de ninguna manera afectan la esfera competencial de los estados, por tratarse de leyes aprobadas y vigentes en otra entidad federativa, por lo que no es necesario entrar al análisis de fondo del asunto.

Guillermo Ortiz Mayagoitia también se pronunció por la improcedencia de la controversia constitucional, pero bajo otros argumentos basados en disposiciones constitucionales que establecen que no procede este tipo de recursos "contra normas generales o actos que hubieran sido materia de una ejecutoria dictada en otra controversia".

Por otra parte, Sergio Aguirre llamó la atención de que aunque los estados no sufren afectación en su esfera competencial por este acto aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), sí se avizora un conflicto de normas, pues la validez de un acto civil obliga su reconocimiento en otras entidades.

"No quiere decir que el estado tenga razón", advirtió Aguirre Anguiano, pero subrayó que se tienen que analizar las implicaciones por un posible conflicto de normas que ya había sido previsto en una jurisprudencia emitida por la propia Corte sobre los efectos de las leyes de una entidad, fuera de su territorio.

MIF

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