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Política

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CDMX indemnizará a mujer por negligencia médica

La SCJN, determinó obligar al gobierno de la Ciudad de México a pagar una indemnización de 20 millones de pesos a una mujer que perdió a su hija a causa de un contagio de varicela en el Albergue para Mujeres que Viven Violencia Familiar’’, ocurrido en el 2004.

A fin de castigar ejemplarmente y desincentivar conductas negligentes en lo futuro la Primera Sala de la SCJN, determinó obligar al gobierno de la Ciudad de México a pagar una indemnización de 20 millones de pesos a una mujer que perdió a su hija a causa de un contagio de varicela en el Albergue para Mujeres que Viven Violencia Familiar’’, ocurrido en 2004.

El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, propuso al resolver los amparos directos 50 y 51 del 20015, se repare el daño a la afectada con motivo del fallecimiento de una niña dentro de un albergue capitalino, por lo que la madre inició un juicio de responsabilidad civil en 2006 en contra del personal del albergue mencionado, de un médico del Hospital Pediátrico de Tacubaya y Gobierno de la Ciudad de México.

El ministro resaltó que la secuela procesal del juicio fue compleja, en primera instancia se absolvió a los demandados, en la apelación se revocó la sentencia y se condenó a dos codemandados y al gobierno capitalino, después de cuatro juicios de amparo y un recurso de inconformidad, la Sala condenó a los dos médicos responsables y al gobierno local al pago de 15 millones de pesos.

Los ministros de la Primera Sala coincidieron que se avocó al conocimiento del asunto para pronunciarse sobre el mismo sobre el monto de la indemnización, reparando en si el mismo fue justo, si debió comprender el concepto de daños punitivos y si afectaba a la sociedad en general por tratarse de un litigio que se ha prolongado por 11 años, era necesario pronunciarse en forma definitiva.

Además que el marco normativo e institucional del Gobierno capitalino prevé una importante capacidad de pago para casos como el presente, de modo que resultan inadmisibles los alegatos genéricos sobre supuestas afectaciones a la sociedad, máxime cuando corresponde a la autoridad explicar por qué los recursos se obtendrían de partidas presupuestarias vinculadas a la ciudadanía y no de otras que no impacten’’.

rtorres@eleconomista.com.mx

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