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Darán cadena perpetua a secuestradores
Diputados aprobaron reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos para castigar con prisión vitalicia a plagiarios que asesinen a sus víctimas.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 301 votos a favor, 12 en contra y cinco abstenciones las reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, para castigar con prisión vitalicia a plagiarios que asesinen a sus víctimas.
La reforma también establece que la PGR así como las procuradurías estatales y del Distrito Federal, podrán solicitar a la autoridad judicial federal su autorización para la intervenir comunicaciones privadas.
Se estableció que con dicha reforma, se busca afinar el marco legal en la materia y fortalecer la coordinación entre las autoridades de los tres niveles de gobierno para el combate al secuestro.
En tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, resumió el dictamen que reforma la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
El diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) señaló que ésta se encuentra reglamentada en la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución y concilia la persecución del delito del secuestro en un trabajo conjunto entre autoridades federales y estatales.
Por su parte y en la discusión en lo particular, el diputado federal del PRI, Arturo Zamora Jiménez, presentó a nombre de varios legisladores una serie de reservas y modificaciones.
En ellas se establecen 'candados' al uso de medios de investigación por parte de las autoridades federales y estatales que permitan el rescate de las víctimas, así como ubicar a los secuestradores 'siempre y cuando dichos medios sean legales y con pleno respeto a los derechos humanos'.
También en tribuna expuso que se establecerá la obligación de la PGR de que administre el Fondo para la atención de víctimas y ofendidos. Además de que las procuradurías deberán crear unidades especiales para la investigación de dicho delito.
Asimismo, propone al titular de la PGR y a los procuradores estatales celebrar convenios con las empresas de telecomunicaciones telefónicas para obtener datos adicionales contenidos en la base de datos.
Lo anterior está previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones, para con ello combatir de forma eficaz a las bandas de plagiarios.
Zamora Jiménez aseveró que también se incluye que las procuradurías estatales deberán crear y operar unidades especiales para la investigación de los delitos previstos en esta ley.
En el dictamen aprobado y turnado al Senado también se definen los conceptos como los tipos penales, las sanciones penales y la injerencia de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
Además de la precisión del Fondo de Apoyo a las Víctimas de Secuestro, la supresión del secuestro exprés, porque el secuestro, dijo el diputado, es o no lo es.
Las reformas tienen por objeto establecer el tipo penal, sus modalidades, agravantes, atenuantes, sanciones, las medidas de protección, atención y asistencia a víctimas y ofendidos.
También la distribución de competencias entre órdenes de gobierno para la prevención, investigación, persecución y sanción del secuestro y formas de coordinación para la consecución de ese objeto, señaló el dictamen.
El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Ezequiel Rétiz Gutiérrez, propuso y fue aprobado que será sancionado con pena de 20 a 40 años de prisión y de 500 a dos mil días de multa de salario mínimo al que prive de la libertad a alguna persona.
Esas sanciones, dijo, serán para quien cometa secuestro exprés, robo o extorsión, independientemente de las que correspondan a estos ilícitos.
Las reformas también establecen que se sancionará el secuestro con las penas siguientes: de 25 a 45 años de prisión y de mil a cuatro mil días de multa cuando se presente alguna o algunas de las circunstancias entre las que mencionó.
'Que se efectúe en camino o vía pública o en lugar solitario o desprotegido; que se realice por dos o más personas; que se lleve a cabo con violencia, o que se allane el inmueble donde se encuentra la víctima.
Además pena de 30 a 50 años de prisión y de mil 500 a cuatro mil días de multa cuando la víctima sea menor de 18 años o mayor de 60 años; que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, o sea una mujer en estado de gravidez notoria.
klm