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Política

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Diputados buscan fijar acoso sexual cibernético como delito

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados urgió a los integrantes de la Comisión de Justicia a dictaminar en tiempo una iniciativa que busca fijar como delito penal el acoso sexual cibernético.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados urgió a los integrantes de la Comisión de Justicia a dictaminar en tiempo una iniciativa que busca fijar como delito penal el acoso sexual cibernético.

La Mesa Directiva emitió la alerta preventiva a la Comisión de Justicia, en virtud de que están por cumplirse los 45 días legales que tiene toda comisión de San Lázaro para dictaminar en favor o en contra las iniciativas presentadas.

En este caso se trata de una iniciativa presentada por diputados federales del PAN en septiembre pasado, en la que plantean crear en el Código Penal Federal el delito de acoso sexual.

Se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de 200 a 400 UMA (referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones) a quien haciendo uso de las tecnologías de la información, Internet, teléfono móvil, comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, le requiera de cualquier modo a una persona menor de edad o a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a personas que no tienen capacidad para resistirlo a que realice actividades sexuales explícitas, actos con connotación sexual, le solicite imágenes de sí misma con contenido sexual o le solicite un encuentro sexual , refiere la iniciativa.

Los diputados panistas Mariana Arámbula; Marko Cortés Mendoza; Federico Döring; Juan Pablo Piña y José Antonio Salas Valencia consideran que si bien ya se puede proteger a los menores en el artículo 201 inciso f) del Código Penal Federal, lo cierto es que dicha disposición se ha quedado corta ante la realidad, pues únicamente se limita a la inducción u obligación de actos de exhibicionismo corporal o sexual .

Es por ello que pretendemos sancionar una acción diversa, como lo es la solicitud de imágenes de índole sexual, actos de índole sexual o un encuentro sexual, a través de medios tecnológicos y dejando fuera el elemento subjetivo del tipo que contiene el artículo anteriormente señalado, como lo es el fin lascivo o sexual , consideran.

Los integrantes de la Comisión de Justicia deberán dictaminar en breve esta iniciativa.

jmonroy@eleconomista.com.mx

mfh

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