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División y asombro en la Suprema Corte por caso Uber
Hoy tendrá lugar la tercera sesión del pleno en la que se seguirán discutiendo las consideraciones relacionadas con la acción de inconstitucionalidad a la Ley de Transporte de Yucatán.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reanudará este jueves, a partir de las 11 de la mañana, la discusión sobre la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Transporte de Yucatán, en un caso que ha causado división y asombro entre los ministros por los novedoso de discutir sobre servicios de transporte mediante plataformas tecnológicas, como es el caso de Uber.
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La acción de inconstitucionalidad, con el expediente 63/2016, está dirigida contra determinadas fracciones del artículo 40 sexies de la ley estatal, que a criterio de los quejosos atenta contra la igualdad, la libertad de competencia, de trabajo y de tránsito.
Durante las sesiones del pleno que se llevaron los días 22 y 23 de mayo, prácticamente todos los ministros hicieron notar la complejidad que implica el regular sobre un asunto completamente novedoso. Cuando uno se enfrenta, en general, a cambios tecnológicos tan significativos, como el que está detrás de este asunto; me parece que es difícil y quiero manifestar mi humildad frente a la circunstancia de tratar de encontrar la regulación pertinente hacia fenómenos tecnológicos que cambian nuestras prácticas estándares socialmente , dijo el ministro Tomás Medina Mora.
Con respecto a la diferencia que existe entre el servicio tradicional de transporte público, como son los taxis, y el que ofrecen las empresas de redes de transporte (ERT), como Uber o Cabify, la cual fue establecida en la primera sesión de la Corte sobre este asunto, el director legal de Uber en Latinoamérica, Enrique González, dijo a El Economista que quedó claro que estamos hablando de un servicio totalmente diferente que está cambiando la realidad del país y que por tanto, es necesario atenderlo de manera distinta .
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Otra de las resoluciones que tomaron los ministros del máximo tribunal durante la sesión del lunes 22 de mayo fue que los estados son competentes para regular en torno a las empresas de transporte, por lo que la Ley de Transporte del estado de Yucatán es legítima.
En opinión del director legal de Uber en Latinoamérica, si bien es cierto que los estados tienen la capacidad de regular el transporte, el modelo de las ERT conlleva consideraciones sobre otros temas, como la regulación de internet, el comercio electrónico, las telecomunicaciones, los cuales rebasan la competencia de las entidades federativas y son de responsabilidad federal.
Durante la sesión del martes 23 de mayo, los ministros analizaron de forma pormenorizada las fracciones VIII y XIX, en las que especifican los requisitos que deben cumplir los automóviles de quienes deseen prestar el servicio de transporte en el esquema de este tipo de empresas tecnológicas. Debido a que no hubo consenso entre ocho de los nueve ministros que estuvieron presentes durante la discusión, la resolución de la Corte fue que los requisitos, como el que el automóvil tenga un precio superior a 200,000 pesos o que deba contar con aire acondicionado y equipo de sonido, son válidos y constitucionales.
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En referencia a esta discusión, el director legal de Uber en Latinoamérica dijo que los comentarios de los ministros de la Corte están fuera de foco, debido a que han dejado de lado su obligación de velar por los derechos constitucionales de los usuarios, quienes, de acuerdo con González Rodríguez, son los principales afectados por la discriminación que implican los requisitos impuestos por el Congreso de Yucatán.
rodrigo.riquelme@eleconomista.mx