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Expresiones homófobas son discriminatorias: SCJN
El máximo tribunal determinó que palabras como maricones y puñal" son una categoría de discursos del odio y no están protegidas por la libertad de expresión asentada en la Constitución.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las expresiones homófobas constituyen manifestaciones discriminatorias, ello a pesar de que se emitan en un sentido burlesco, ya que mediante las mismas se incita, promueve y justifica la intolerancia hacia la homosexualidad.
Al resolver un amparo, con tres votos en favor y dos en contra, en el que se analizó por primera vez, en la jurisprudencia mexicana, el problema entre la libertad de expresión y las manifestaciones discriminatorias, específicamente las expresiones homófobas, los ministros de la Primera Sala determinaron que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio.
Ante ello, las palabras maricón y puñal son ofensivas, pues si bien son expresiones fuertemente arraigadas en el lenguaje de la sociedad mexicana, ello no puede convalidar violaciones a los derechos fundamentales.
La Suprema Corte determinó que las manifestaciones homófobas son una categoría de discurso del odio, pues argumenta que las problemáticas social de tales expresiones provoca sentimientos sociales de hostilidad en contra de personas o grupos.
La SCJN aclaró que ciertas expresiones homofóbicas pueden emplearse en estudios de índole científica o en obras de naturaleza artística, sin que por tal motivo impliquen la actualización de discursos del odio.
El caso se refiere a una disputa entre dos reporteros de Puebla y surge en una columna de Enrique Núñez Quiroz, del diario Intolerancia, elaborada en el 2010, en la cual le decía maricón y puñal a Armando Prida Huerta, propietario del diario Síntesis.
Ante ello, Núñez Quiroz demandó a Prida Huerta y un juez local de Puebla, así como una Sala Civil del Tribunal Superior de la Justicia local ordenaron indemnizar al afectado. Por ello, Núñez introdujo un amparo, concedido por el III Tribunal Colegiado en Materia Civil de Puebla, Puebla.
Los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Olga María Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea votaron en favor.
En contra estuvieron los ministros José Ramón Cossío Díaz y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
ana.langner@eleconomista.mx