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Política

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Inai niega arbitrariedad en resolución sobre la Comisión de Derechos Humanos

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), reafirmó la legitimidad y responsabilidad de sus facultades tras ser acusado de arbitrariedad por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Fachada del Instituta Nacional de Transparenciaacseso a la informaciÛn y protecciÛn de datos personales . Fotos Rosario ServinEL ECONOMISTA

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), reafirmó la legitimidad y responsabilidad de sus facultades tras ser acusado de arbitrariedad por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

“Para el caso concreto de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Pleno del Inai instruyó a proporcionar copia de videos e imágenes captadas por la Comisión durante su visita a los sótanos de Tlaxcoaque, en la Ciudad de México, así como del expediente de queja CNDH/PRESI/2020/5561/VG, protegiendo los datos personales de carácter confidencial, entre los que se encuentran aquellos pertenecientes a víctimas, agraviados, testigos, entre otros”, se detalló.

El organismo subrayó que su determinación de hacer pública la información relacionada con violaciones a derechos humanos no es arbitraria, sino que se encuentra fundamentada en principios constitucionales que privilegian el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales.

Además, se indicó que esto se debió a que los argumentos de la CNDH fueron insuficientes para confirmar la clasificación de la información solicitada.

También, se enfatizó que la inatacabilidad de sus resoluciones no es un beneficio concedido, sino un logro social reconocido por la Ley General de Transparencia, diseñada para garantizar los derechos humanos que tutela.

Antecedentes

El pasado martes, 26 de junio, la CNDH acusó al Inai de tomar decisiones arbitrarias a raíz de que el Instituto pidió acceder a copias simples de una investigación que, aunque concluida con una recomendación, fue reabierta a petición de las víctimas que presentaron nuevos elementos probatorios.

La CNDH detalló que su Comité de Transparencia decidió reservar la información, argumentando que su divulgación podría interferir en el desarrollo de la investigación. También, informaron que la solicitud del peticionario no requirió el expediente de queja completo; por lo que consideraron que el Instituto estaba requiriendo información sensible no solicitada.

arturo.rojas@eleconomista.mx

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