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Indulto presidencial, en mano de los diputados
La Comisión de Justicia recibió la minuta por la que faculta al Ejecutivo federal a conceder el indulto por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados remitió a la Comisión de Justicia la minuta que faculta al Ejecutivo federal a conceder el indulto por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal.
Dicha minuta adiciona el Artículo 97 Bis al Código Penal Federal, que establece que, de manera excepcional, por sí o a petición del pleno de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el titular del Poder Ejecutivo federal contará con dicha facultad.
Deberá haber un dictamen previo del órgano ejecutor de la sanción, en el que se demuestre que la persona sentenciada no representa peligro para la tranquilidad y la seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada.
También plantea que el Ejecutivo federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado todos los recursos legales.
La reforma pretende diseñar un régimen jurídico que evite que las asimetrías económicas, políticas o sociales sean causa para que el sistema de justicia federal o local condene a las personas sin contar con una adecuada defensa o violando su derecho al debido proceso.
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