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Política

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Sin tres comisionados, el Inai caería en inoperancia sustantiva

Si el Senado no designa al menos un comisionado antes del próximo sábado 1 de abril, su pleno no podrá sesionar y aunque, no cerrará sus puertas, cuando una dependencia de gobierno se niegue a entregar información solicitada por algún ciudadano y este recurra a esa institución para obligarlo a acceder a su solicitud, no podrá emitir una resolución. Comenzaría a acumular semanalmente un promedio de 484 asuntos sin resolver.

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES INAI . FOTO :HUGO SALAZAR / EL ECONOMISTA .Foto EE: Hugo Salazar.

El próximo 1 de abril, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) podría caer en una situación de inoperancia sustantiva o de pasmo, ante la imposibilidad de que su pleno sesione, ante la falta del número de comisionados necesarios para conformar quorum.

Eso quiere decir que, si bien, esa institución no cerrará sus puertas, cuando ocurra que una dependencia de gobierno se niegue a entregar información solicitada por algún ciudadano y este recurra a esa institución, para obligarlo a acceder a su solicitud, no podrá emitir una resolución.

En 2017 recibió 7,041 medios de impugnación; en 2022 fueron 26,153

Las cifras de asuntos atendidos el año pasado dan una idea del trabajo que quedaría suspendido. En 2022 recibió 26,153 medios de impugnación interpuestos por ciudadanos ante la negativa de acceso a información pública o bien inconformidades en asuntos relacionados con datos personales.

Eso quiere decir que, en promedio, cada semana recibió 502 asuntos.

Los registros del instituto muestran que, en 2022, el Pleno resolvió 25,310 (un promedio de 484 asuntos a la semana); en 2021 fueron 19,333 y en 2019 los comisionados votaron 19,751 asuntos.

Si en lo que resta de 2023 se mantiene el ritmo de solicitudes de intervención de ese organismo mostrado el año pasado, cada semana, con un pleno sin el número necesario de comisionados para sesionar, tendría un número similar de casos acumulándose.

El acumulado desde 2003, al cierre del informe de 2023, registra poca más de dos millones 818,000 solicitudes ingresadas a los sujetos obligados de orden federal.

Lo delicado del asunto es que el riesgo de parálisis se da en un momento en el que ocurre un crecimiento en el número de casos de negativa de acceso a la información que se convierten en recursos de Revisión en materia de Acceso a la Información (RDA), relacionados con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; de Revisión en materia de Acceso a la Información (RRA), relacionados con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; de Inconformidad en contra de resoluciones de órganos garantes de las entidades federativas (RIA), relacionados con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en ejercicios de la facultad de atracción en materia de Acceso a la Información (RAA), entre otros.

Entre 2019 (el primer año del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador) y 2022 (el cuarto año) el número de recursos resueltos por el pleno del Inai se incrementó 20.10%, al pasar de 19,751 a 25,310.

En este año, al 14 de enero, de 6,647 solicitudes de acceso a la información o relacionadas con datos personales, respondieron con inexistencia de la información solicitada 224; con que la información no corresponde al marco de la ley 10 y con una negativa por ser reservada o confidencial 105.

Durante los primeros cuatro años del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, 667 solicitudes de acceso a información pública recibieron como respuesta que la información solicitada está “reservada” por causa de seguridad nacional.

Por otra parte, hay que tomar en cuenta que, ante la falta de comisionados, los asuntos que van llegando a través de la Plataforma Nacional de Transparencia se reparten entre los que están.

Desde hace un año opera ya sin dos comisionados

El Pleno es el órgano máximo de dirección del Inai y se integra por siete Comisionados designados por el Senado de la República y sesiona periódicamente, generalmente una vez por semana.

Su facultad es resolver, ya sea confirmando, revocando o modificando, mediante votación, los recursos de revisión que las personas interpongan en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

Además, es la instancia que se encarga de proponer sanciones a quienes no cumplan con sus resoluciones, e interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes y tratados que vulneren los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

También son su responsabilidad expedir lineamientos y criterios que regulen la organización y funcionamiento administrativo del Instituto; expedir lineamientos y criterios en materia de clasificación de la información que provenga del gobierno y de otras organizaciones e instituciones que reciben y ejercen recursos públicos.

Además, expedir lineamientos y criterios que regulen la protección de datos personales; mejorar y vigilar el cumplimiento de las leyes en temas de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.

Entre los integrantes del Pleno, se elige al titular de la Presidencia, quien representa al instituto ante cualquier autoridad, persona o ente privado o público, ya sea nacional o internacional y quien cuenta con voto de calidad para definir, en caso de empate, los asuntos discutidos en las sesiones.

Desde el 31 de marzo de 2022, cuando concluyeron sus cargos los ahora excomisionados Óscar Mauricio Guerra Ford y Rosendopevgueni Monterrey Chepov, el instituto funciona con cinco comisionados. Sin embargo el próximo 31 de marzo al concluir su cargo el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se quedará solo con cuatro comisionados y su pleno no podrá sesionar, ya que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “las sesiones del Pleno solo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco Comisionados, incluyendo al Comisionado Presidente”.

El 1 de marzo pasado, el Senado designó como nuevos comisionados a Ana Yadira Alarcón y Rafael Luna Alviso. Sin embargo, el 15 de marzo pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador objetó los nombramientos.

Ante esa situación, el Senado debe nombrar a otras dos personas para que funjan como comisionados. En esta ocasión pueden ser electos no por dos terceras partes de los senadores presentes en la sesión (como ocurrió la primera vez), sino por tres quintas partes, es decir 77 votos, si asistieran los 128 senadores. 

Si ocurriera el caso de que vuelven a ser vetados por el presidente López Obrador, entonces sería sólo el Senado quien los elija, con el voto de al menos tres quintas partes de los legisladores presentes en la sesión.

Deciden comisionados acudir ante la Corte para que el Senado nombre a los comisionados faltantes

Ante esa situación el Inai anunció el 16 de marzo pasado que presentará una controversia Constitucional por la falta de nombramiento de integrantes del pleno.

De acuerdo con el director general jurídico del Inai, Gonzalo Sánchez de Tagle, la ausencia de personas comisionadas de este pleno podría generar vulneraciones y afectaciones a las facultades que la Constitución encomienda al instituto.

Por ello se interpuso la demanda de controversia constitucional en contra de la falta de dos personas como comisionados integrantes del pleno desde el 1 de abril de 2022, lo cual vulnera de manera directa el diseño institucional que ese órgano con autonomía constitucional y trasgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza.

Además, la falta de nombramiento de la persona que integrará el pleno del instituto a partir del 1 de abril de 2023 (y que ocupe la vacante que dejará Francisco Javier Acuña) podría generar su inhabilitación para sesionar válidamente y con ello incumplir con el mandato que la Constitución le encomienda, generando a su vez una transgresión de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales en perjuicio de todos los mexicanos. Ese es el fundamento de la demanda.

En ese sentido, la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, afirmó que “la casa de la transparencia vive un momento extraordinario”.

Dijo que la defensa y promoción de los derechos humanos que tutela el Inai no es una opción para la democracia mexicana, sino un imperativo irrenunciable, del que somos corresponsables todos los sectores de la sociedad.

Asimismo confió en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación hará efectiva su función jurisdiccional, “para preservar el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano”.

Por su parte la comisionada Norma Julieta del Río Venegas, mencionó que si el instituto se quedara solo con cuatro comisionados, sería inoperante para resolver los recursos que los ciudadanos interpusieron ante la negativa y ante la clasificación. Sin embargo, aclaró que no se cierran las puertas del instituto “simplemente no podríamos resolver los recursos que los ciudadanos interponen ante las negativas”.

En ese sentido, remarcó que contar con órganos autónomos, incompletos e imposibilitados para realizar sus funciones constitucionales afecta el sistema de equilibrios construido en el país.

Recordó que el Inai también coordina y preside el Sistema Nacional de Transparencia conformado por sus pares en las 32 entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Archivo General de la Nación (AGN).

Además, forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), que son instancias institucionales claves en el Estado de Derecho mexicano, indicó la comisionada.

A su vez, la comisionada Josefina Román Vergara, recordó que el Inai es el responsable de garantizar el cumplimiento del derecho al acceso a la información pública y la protección de los datos personales. Por ello es que ese instituto tutela esos dos derechos humanos, contenidos en la Constitución.

Mientras, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas consideró que de no contar con los integrantes del pleno para conformar quorum, el instituto caería en una inoperancia sustantiva, en un pasmo, porque la vía para defender los dos derechos que tutela es a partir de resoluciones que son incompatibles por las autoridades que son sujetos obligados.

Ante el riesgo de interrupción de las condiciones para el ejercicio de los derechos se activaron las alertas, pues cuando los derechos fundamentales se interrumpen se genera el quebranto del orden jurídico, abundó.

diego.badillo@eleconomista.mx

Periodista mexicano, originario de Amealco, Hidalgo. Editor del suplemento Los Políticos de El Economista. Estudié Sociología Política en la Universidad Autónoma Metropolitana. En tres ocasiones he ganado el Premio Nacional de Periodismo La Pluma de Plata que entrega el gobierno federal. También fui reconocido con el Premio Canadá a Voces que otorga la Comisión Canadiense de Turismo, así como otros que otorgan los gobiernos de Estados Unidos y Perú.

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