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Política

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TEPJF sanciona al PAN por recrear con inteligencia artificial la imagen de un niño

La magistrada Mónica Lozano Ayala destacó que, al no haber una regulación sobre el uso de la inteligencia artificial, su propuesta va encaminada a proteger sobre todo a la niñez, sea real o ficticia.

La magistrada Mónica Lozano Ayala destacó que, al no haber una regulación sobre el uso de la inteligencia artificial, su propuesta va encaminada a proteger sobre todo a la niñez, sea real o ficticia.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una multa de 16,285 pesos al Partido Acción Nacional (PAN), por vulnerar el interés superior de la niñez luego de que hiciera uso de la inteligencia artificial para recrear la imagen de un niño que fue incluida en uno de sus spots.  

De acuerdo con el proyecto, si bien, el PAN señaló que esta imagen fue realizada a través de inteligencia artificial, se dijo que el Tribunal Electoral tiene la obligación de proteger a la infancia y ante la imposibilidad técnica de este organismo para tener la certeza de sí es un niño real o no, se estimó que el Acción Nacional rebasó los límites del uso de la propaganda electoral en virtud de que atenta contra la normativa nacional e internacional que protege el bienestar de los menores.

Asimismo, se advirtió que dada su reincidencia en la vulneración de las reglas de propaganda política electoral relacionadas con el interés superior de la niñez, el PAN debía ser multado con 16,285 pesos.

Al defender su proyecto, la magistrada Mónica Lozano Ayala destacó que, al no haber una regulación sobre el uso de la inteligencia artificial, y debido a que el Tribunal no tiene la capacidad para verificar que esta imagen fue hecha con inteligencia artificial, su propuesta va encaminada a proteger sobre todo a la niñez, sea real o ficticia, por lo que se busca se genere un manejo ético de su imagen.

“Por ello, la propuesta es que, al menos en los temas de niñez, cuando un partido político manifieste que empleó una ingente de una persona menor de edad y que fue generada a través de la inteligencia artificial para promover una opción política, desde el punto de vista de la propuesta, rebasa los límites del uso de la propaganda electoral”, señaló en sesión pública.

En tanto, al votar en contra del proyecto, el magistrado Rubén Jesús Lara Patrón, expresó que, aunque esta Sala Especializada tiene la tarea de regular lo plasmado en las normas, lo que se debe tutelar en este caso son los derechos humanos, y al no haber una persona de por medio en dicho spot, a su consideración, no hay una persona sujeta de protección.

“Entonces mi pregunta sería: ¿hay un niño, un menor de edad, en este promocional que estamos analizando? Entonces, si nos vamos a las constancias, lo que advertimos es que no, no hay un menor, es una imagen creada por inteligencia artificial”, subrayó.

Finalmente, en su intervención el magistrado presidente Luis Espíndola Morales, sostuvo que independientemente de si hay o no un niño de por medio, el caso no se pude conducir por una falsa premisa, pues destacó que “con independencia de si está demostrado que si hay o no un niño, creado o no bajo la idea de inteligencia artificial… evidentemente hay prohibiciones a los partidos políticos para el uso de niñas, niños y adolescentes… y el mensaje es lo que tenemos que analizar”.

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