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Política

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Turnan a ministro Gutiérrez Ortiz ponencia del caso Gertz Manero-Alejandra Cuevas

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena acordó trabajar en el nuevo proyecto para tenerlo a la brevedad derivado de la importancia del tema.

Foto EE: Eric Lugo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena la ponencia para el nuevo proyecto de resolución sobre los amparos promovidos por Laura Morán y Alejandra Cuevas, a quienes el fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, acusa de homicidio en contra de su hermano, Federico.

El pleno espera que dicho proyecto pueda ser presentado este mismo mes al pleno. En la sesión del pleno ayer, cinco ministros: Javier Laynez Potisek; Ana Margarita Ríos Farjat; Juan Luis González Alcántara Carrancá; Norma Lucia Piña y Luis María Aguilar Morales, se pronunciaron por otorgar un amparo liso y llano que otorgue la libertad a Alejandra Cuevas Morán. De haberse sumado un voto más, el amparo hubiera sido directo.

En la sesión de este martes 15 de marzo, el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, informó que se returnaron los amparos en revisión 540/2021 y 541/2021 al Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien se ha comprometió —entendiendo la gravedad del asunto— a presentar a la brevedad un proyecto de resolución.

En la sesión de ayer, 10 de los 11 ministros expresaron su determinación jurídica de que no existen pruebas de que Alejandra Cuevas y su madre hayan sido culpables por omisión ─como acusa el fiscal Gertz Manero─ de la muerte de Federico Gertz.

Sin embargo, por mayoría de 10 votos de los ministros, el pleno de la Corte rechazó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, que buscaba conceder un amparo a la Cuevas, pero sólo para que un juez emitiera una nueva resolución en la que podría confirmar o no el auto de formal prisión en su contra.

Por ello, el pleno de la Corte acordó turnar el asunto a un nuevo magistrado, a fin de que se realice el estudio de fondo del caso, se valoren los medios pruebas, y se emita una nueva resolución que podría tener como finalidad la liberación de Alejandra Cuevas.

Invalidan ingreso a casas

En otro asunto, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que elementos policiacos de la Ciudad de México puedan ingresar sin orden de cateo a domicilios cuando exista una denuncia por maltrato animal.

La Corte invalidó una fracción del artículo 10 Bis de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, adicionado mediante Decreto 495, publicado el 16 de diciembre de 2020, el cual fue impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y regulaba supuestos en los que la brigada de vigilancia animal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana podía entrar a un lugar cerrado sin orden judicial al existir flagrancia.

Dicha norma establecía que corresponde a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en el ámbito de su competencia, integrar, equipar y operar brigadas de vigilancia animal para responder a las necesidades de protección y rescate de animales en situación de riesgo, y en los casos que exista flagrancia estará justificado su ingreso a un lugar cerrado sin orden judicial.

rrg

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