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Sector Financiero

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CNBV sugiere a entidades financieras contar con políticas antisoborno

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitió una actualización de su guía anticorrupción para el sistema financiero, que sirve como parámetro para que las entidades puedan prevenir y detectar actos de corrupción que podrían derivar en actos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

21052019. Edificio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), fachada. Foto: Rosario ServinECONOMISTA

Con la finalidad de evitar actos de corrupción que puedan derivar en operaciones de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha sugerido a las entidades financieras contar con una política antisoborno que tome como base la identificación y los riesgos a los que están expuestas ante actos de cohecho.

Esta autoridad recientemente emitió una actualización de su guía anticorrupción para el sistema financiero, que sirve como parámetro para que las entidades puedan prevenir y detectar actos de corrupción que podrían derivar en actos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

En dicha actualización, este órgano regulador y supervisor del sistema financiero sugiere a las entidades financieras aplicar medidas en su relación con Personas Políticamente Expuestas (PEPS), que se definen como aquellos individuos que han desempeñado funciones públicas en un país extranjero o en territorio nacional y que por su condición deben de tener un tratamiento especial en las políticas de prevención de lavado de la institución.

Entre los aspectos que resalta la guía, es el de la importancia de que las entidades financieras cuenten con una política antisoborno, que tome en cuenta los riesgos de que los empleados de las mismas puedan recibir sobornos por parte de un cliente para realizar operaciones relacionadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

“Uno de los riesgos asociados al de la corrupción, es el de soborno (…) es deseable que el Sistema de Gestión Antisoborno refleje estándares y mejores prácticas internacionales, como como en lo establecido en la legislación nacional aplicable”, se puede leer en el documento, del cual este medio tiene una copia.

Según la guía, para que una entidad financiera pueda contar con un sistema antisoborno adecuado, es necesario identificar y evaluar sus riesgos de soborno, así como establecer controles para prevenir actos de esta naturaleza; además, habilitar canales anónimos de denuncia para recibir, analizar, atender e investigar casos de este tipo.

Asimismo, la CNBV sugiere desarrollar políticas de debida diligencia del cliente, especialmente con las PEPS nacionales clasificados de alto grado de riesgo, así como con las operaciones relacionadas con fideicomisos públicos.

“La política antisoborno de cada sujeto supervisado podrá ser desarrollada en función de factores como el tamaño del sujeto supervisado, los lugares y sectores en los que opera y la naturaleza, magnitud y complejidad de sus actividades”, apunta el documento, que de acuerdo con la CNBV no es vinculante.

Tratamiento PEPS

El documento enlista algunos factores de riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en operaciones relacionadas con los PEPS, tales como el ocultamiento de identidad, comportamiento atípico de estos sujetos en sus operaciones financieras o de cuentas a nombre de dependencias, entidades u órganos públicos, entre otros.

Por ejemplo, un comportamiento atípico de una PEP puede considerarse cuando los fondos que son transferidos a su cuenta por concepto de sueldos y salarios de la dependencia donde labora, son dejados en su totalidad en la cuenta o son transferidos en su totalidad a cuentas de inversión.

Asimismo, cuando hay un alto índice de uso de efectivo en las cuentas del cliente, ya sea en depósitos o en retiros sin una justificación aparente o si el usuario adquiere, directamente o a través de terceros, bienes inmuebles y los vuelve a negociar en el corto plazo.

Esta actualización se da en un contexto en el cual la CNBV ha resaltado la importancia de fortalecer los mecanismos de prevención y detección de operaciones de lavado de dinero ante la contingencia que se vive en la actualidad por el coronavirus.

Factores de riesgo identificados en casos recientes de corrupción:

  • Uso de numerosas empresas fachada donde coinciden dueños, prestanombres y representantes legales.
  • Recursos públicos enviados a empresas fachada por medio de contratos.
  • Complicidad de otros funcionarios.
  • Simulación de competencia en procesos de licitación para obtener contratos.
  • Proceso complejo de triangulación de recursos.
  • Involucramiento de varios familiares para el manejo de recursos en cuentas bancarias.
  • Desvío de recursos asignados a obra pública.

kg

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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