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Sector Financiero

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Delinean prácticas sanas para el sector popular

La publicidad que emitan deberá ser clara en el rendimiento que ofrecen a sus clientes o socios.

Con el objetivo de que las entidades de ahorro y crédito popular como las sociedades financieras populares (sofipos), cooperativas de ahorro y préstamo (socaps) y financieras comunitarias (sofincos) estén apegadas a las sanas prácticas tanto en publicidad como en información que brindan a sus usuarios, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) disposiciones en materia de transparencia para estos intermediarios.

De acuerdo con el anteproyecto que ha enviado la Condusef a la Cofemer, se buscará que las entidades populares cumplan en términos de transparencia con contratos de adhesión, estados de cuenta y publicidad.

Dada la importancia de emitir una regulación especializada en la materia de contratos de ?adhesión, supervisión, transparencia, información y publicidad respecto de los productos y servicios de las socaps, sofipos y sofincos, estimo pertinente solicitar a la Junta de Gobierno (de la Condusef) la aprobación de las disposiciones de carácter general en materia de transparencia , se puede leer en el documento enviado por Mario Di Costanzo, titular de la Condusef.

Cabe indicar que, para concretar el fraude en Ficrea, los artífices de este desfalco aprovecharon la publicidad en medios de comunicación de sus productos de inversión, que ofrecían rendimientos de hasta 10%, para atraer nuevos clientes.

Información veraz en medios

En dichas disposiciones, conformadas en 50 artículos, se establece que la publicidad que emitan las entidades, relativa a sus operaciones, debe concordar con las características y condiciones de los productos y servicios establecidos en los contratos.

Además se destaca que las entidades populares deberán incluir el Costo Anual Total (CAT) siempre y cuando se incorporen conceptos como tasas de interés, comisiones, bonificaciones en efectivo, montos de los pagos periódicos y factores de pago.

Tratándose de la publicidad audible en la que sea necesario, según corresponda, indicar el CAT (para operaciones activas) o la Ganancia Anual Total (para operaciones pasivas), nominal y real, se hará por lo menos al mismo volumen y velocidad de dicción que los utilizados para el resto de la publicidad , se explica en el documento.

Respecto de las entidades que promocionan sus productos mediante su página de Internet, éstas deben incluir toda la información de los productos o servicios que ofrezcan al público.

Dicha página deberá incluir el monto protegido por el Fondo de Protección en Udi (hasta 25,000 Udis), y contener un listado de los productos que ofrezcan y que sean garantizados por dicho Fondo, identificándolos por su nombre comercial , se acota.

Asimismo, la Condusef delinea las actividades que se apartan de las sanas prácticas y usos relativos al ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros, entre las que se encuentran: sujetar las promociones de operaciones y servicios financieros que se ofrezcan por cualquier medio a requisitos no previstos en las ofertas.

Dentro de estas actividades alejadas de las sanas prácticas están proporcionar al usuario información engañosa que induzca a error sobre operaciones financieras; omitir información de la oferta vinculante; abstenerse de entregar a los usuarios que lo soliciten información o documentos necesarios para conocer la oferta previo a su contratación, entre otras.

Con este proyecto también se buscará que, en todos los contratos de productos de ahorro (operaciones pasivas), las entidades populares deberán incluir una leyenda que indique que únicamente están garantizados por el Fondo de Protección de Ahorro de estas instituciones los depósitos de dinero hasta por el equivalente a 25,000 Udis (133,000 pesos aproximados) por persona física o moral.

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