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Pese a primera negativa de la CNBV, Paycaster insistirá en autorización para ser IFPE
La firma recibió hace unos días el rechazo de la autoridad para operar bajo la Ley Fintech; se desahogan puntos citados por el regulador, afirmó.
Luego de haberse conocido el rechazo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a la firma JP 3 Financial, conocida como Paycaster, para operar como Institución de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) al amparo de la Ley para Regular las Institución de Tecnología Financiera o Ley Fintech, esta institución buscará subsanar las observaciones del regulador para, por fin, obtener el aval definitivo de la autoridad.
Hace algunos días, este medio informó sobre el rechazo de la autoridad a tres firmas, entre ellas Paycaster, para operar como IFPE para ser así, cerca de 30 solicitudes que la CNBV ha rechazado en el contexto de autorizaciones de la Ley Fintech.
En este escenario, Paycaster destacó que, dentro este mismo proceso con la CNBV, buscará corregir los puntos señalados por la autoridad y que motivaron su rechazo.
"Estaremos desahogando en las próximas semanas los puntos citados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores", indicó José Luis Parga Angulo, presidente de Paycaster, en un escrito dirigido a este medio, luego de darse a conocer el primer rechazo de la CNBV a la firma.
De acuerdo con el escrito, la firma es consciente de todo el proceso que conlleva la autorización, por lo que respeta los señalamientos de la autoridad respecto a cumplimiento normativo, viabilidad de negocios y certeza en el funcionamiento de productos y servicios.
Las causas
Para la CNBV, hubieron varias inconsistencias que Paycaster no pudo subsanar en el tiempo del proceso del análisis de la solicitud (12), el cual comenzó el 4 de marzo del 2022.
La CNBV señaló especialmente que la firma remitió un estudio de viabilidad financiera con "deficiencias fundamentales", donde no presentó el soporte de los supuestos base para la estimación de cada línea de ingresos y no explicó en su totalidad su modelo financiero para dar sustento al origen y sentido de las proyecciones financieras.
"Resultó imposible emitir una opinión al respecto de la razonabilidad de la viabilidad financiera de JP 3 Financial que muestre que cuente con los recursos suficientes para mantener una adecuada operación, por al menos el periodo de los primeros tres años de operación como entidad financiera", se puede leer en el oficio de la CNBV donde informa del rechazo a esta entidad.
Asimismo, la Comisión destacó que la información de Parga Angulo relacionada con la participación accionaria de 99% no brinda certeza respecto a la identidad, capacidad y participación de su persona.
Al respecto, Paycaster indicó que entregará la información necesaria para brindar certeza respecto a la identidad, capacidad y participación de Parga Angulo, como su accionista mayoritario, al participar con 99% de su capital social.
La CNBV también destacó que los estados patrimoniales y financieros de Parga Angulo serán realizados y dictaminados por dos firmas de reconocimiento internacional, cuando en primera instancia fueron elaborados por Jorge Alberto Contreras, quien tiene una participación accionaria de 1% en la firma.
Paycaster precisó que busca llevar al mercado un modelo de inclusión financiera para personas físicas por medio de su cartera digital y ofrecer soluciones de pago y cobranza al sector empresarial por medio de su plataforma.
En este escenario, la firma destacó que se encuentra en un proceso para culminar la gestación de lo que se vislumbra como un proyecto bien estructurado y robusto, por lo que se encuentra en fases finales de desarrollo, operación, cumplimiento y fortalecimiento de su estructura y organización para atender a futuros clientes, una vez que obtenga la autorización de la CNBV.
Entendemos perfectamente la preocupación de nuestras autoridades de que se lancen proyectos viables y exitosos, que lleven soluciones adecuadas y que aporten valor al esfuerzo de inclusión financiera de México”, indicó Parga.
En caso de no convencer a la autoridad, la entidad podrá buscar otros caminos para logar la autorización y así poder operar como IFPE en términos de la Ley Fintech.