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Sector Financiero

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Procuraduría Fiscal obtiene fallo favorable en juicio para condonar o diferir impuestos

La Procuraduría Fiscal de la Federación obtuvo fallo favorable en el juicio sobre contribuciones federales, ello después de que un contribuyente interpusiera un amparo para pedir al presidente López Obrador presentar medidas para condonar, eximir o prórrogar el pago de impuestos por la contingencia sanitaria del Covid-19.
 

La Procuraduría Fiscal de la Federación obtuvo fallo favorable en el juicio sobre contribuciones federales, ello después de que un contribuyente interpusiera un amparo para pedir al presidente Andrés Manuel López Obrador presentar medidas para condonar, eximir o prórrogar el pago de impuestos por la contingencia sanitaria del Covid-19.

El amparo, presentado el pasado 3 de abril, fue promovido por Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su representante legal Gabriel Alan Salazar Soto, en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, bajo el número 293/2020, en contra de actos del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades.

Lo anterior fue impugnado por la Procuraduría, a cargo de Carlos Romero Aranda, al considerar que no se ubicaba en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo para otorgarse, ello porque se trata de facultades discrecionales del presidente.

Además, la Procuraduría recordó que en los recientes meses hubo reformas constitucionales que prohíben la condonación y exención de impuestos, salvo en ocasiones extraordinarias.

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa en San Luís Potosí, revocó por considerar ilegal la suspensión de plano concedida por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, a la empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 293/2020, dejando sin efectos la suspensión previamente otorgada", detalló.

Agregó que se mantendrá atenta al debido cumplimiento de las obligaciones fiscales y procederá conforme a dichas facultades en caso de incumplimiento.

Este año los legisladores aprobaron la reforma a la Constitución Política para prohibir las condonaciones de impuestos, la cual fue impulsada por el presidente López Obrador. De esta manera, se reformó el artículo 28 de la Constitución para eliminar las condonaciones; no obstante, el Ejecutivo podrá decretar algún perdón fiscal en casos extraordinaros, como para tratar de no afectar la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como para ayudar a aquellos afectados por catástrofes naturales, plagas o epidemias.

Cabe destacar que el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación se habla de que el Ejecutivo puede dar, mediante resoluciones, condonaciones de impuestos; medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones; así como conceder subsidios y/o estímulos fiscales. 

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