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Sector Financiero

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Saldo del proceso de la Ley Fintech: 144 solicitudes, 34 autorizadas y 659 días en promedio para otorgar una autorización

Hasta el momento, la autoridad ha dado el aval definitivo a 20 entidades de fondos de pago electrónico y 14 de fondeo colectivo

Foto: Shutterstock

El tiempo pasa y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) acumula solicitudes de entidades que buscan operar bajo la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech.

Actualmente, la autoridad ha recibido 144 solicitudes de entidades que buscan operar bajo la Ley Fintech, es decir cinco peticiones más respecto a junio pasado, cuando había acumulado 139, según datos provenientes de distintas solicitudes de transparencia.

De acuerdo con los documentos, de las 144 solicitudes que han ingresado a la CNBV, 95 han sido de entidades que buscan operar como Institución de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) y 49 como Institución de Fondeo Colectivo (IFC).

Asimismo, hasta la fecha el regulador ha recibido ocho solicitudes de empresas que buscan una autorización para llevar a cabo la operación de modelos novedosos.

Según los datos de la autoridad y de las solicitudes de transparencia, desde la promulgación de la Ley Fintech, en marzo del 2018 a la fecha, se han otorgado 34 solicitudes definitivas para operar al amparo de la normativa, de las cuales 20 han sido para IFPE y 14 para IFC.

Además, a la fecha la CNBV ha desechado dos solicitudes, 25 ha denegado y 29 han desistido de su trámite para operar bajo esta normativa.

Días promedio

Con base en la información de las solicitudes aprobadas, se deduce que la autoridad tarda 659 días en promedio para otorgar una autorización, desde la fecha de ingreso de la misma hasta la publicación del aval en el Diario Oficial de la Federación.

Para las IFPE, el promedio de días es de 633 y el de IFC de 697, según los números obtenidos.

En este contexto, la CNBV emitió un comunicado el pasado 17 de julio donde indicó que los plazos para la resolución de las solicitudes se llevan a cabo conforme a la normatividad aplicable.

"Los tiempos requeridos para la revisión y análisis de las solicitudes dependen de cada caso en particular considerando la calidad de la información presentada y que se cumpla con todos los requisitos que señalen la Ley y las disposiciones que de esta emanen; en el entendido que la revisión y análisis de los expedientes, se hace en el orden de su recepción e integración", destacó el organismo presidido por Jesús de la Fuente Rodríguez.

Según el órgano regulador, existen 27 sociedades que se encuentran sujetas a condición suspensiva, es decir que, si bien ya tuvieron el visto bueno para ser autorizadas, todavía requieren cumplir con algunos trámites para que su autorización se publique en el Diario Oficial de la Federación.

rrg

 

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Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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