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Se aplaza la implementación de Basilea III
Se mantendrá el marco normativo general vigente para los requerimientos de capital de la banca hasta diciembre del 2021.
El Comité de Basilea, que congrega a las autoridades de supervisión bancaria de más de 100 países como México, pospuso para el 1 de enero del 2023, la entrada en funciones de las nuevas exigencias de capital para la banca privada, lo que comúnmente se conoce como Basilea III.
La fecha de ejecución del marco regulatorio estaba originalmente prevista para fines de enero de este año.
En un comunicado, explicaron que la decisión tiene por objeto permitir que los bancos y supervisores cuenten con recursos suficientes para responder a los requerimientos que resulten del impacto del coronavirus “que puedan proporcionar servicios críticos para la economía real y que garanticen la operación financiera del sistema bancario”.
En el comunicado, explicaron que este diferimiento no tendrá impacto en la fortaleza de capital del sistema bancario global y en cambio les otorgará a las instituciones flexibilidad para responder de manera inmediata y efectiva al impacto del coronavirus en los eventuales clientes de las instituciones.
“Los acontecimientos actuales demuestran una vez más la importancia de un sistema financiero resistente”.
El Comité de Basilea es el creador de estándares globales para la regulación prudencial de los bancos y proporciona un foro para la cooperación en asuntos de supervisión bancaria. Tiene por mandato fortalecer la regulación, supervisión y prácticas de los bancos en todo el mundo con el propósito de mejorar la estabilidad financiera.
Respuesta a crisis del 2007 al 2009
Basilea III es un conjunto de medidas acordadas entre supervisores financieros que se desarrollaron tras la crisis financiera del 2007 al 2009, para encarar con eficiencia y solvencia situaciones originadas por tensiones financieras o económicas.
El objetivo de estas medidas es reforzar la regulación, supervisión y gestión de riesgo de los bancos. Constituyen mínimos aplicables a bancos con actividad internacional y los miembros se han comprometido a ejecutar y aplicar en sus jurisdicciones nacionales o regionales en plazos prestablecidos.
El elemento que destaca en las reglas de Basilea III es el control del riesgo sistémico o de contagio así como la dotación de recursos y reservas de forma constante tanto en ciclos de expansión económica como en recesión.
Está integrada por acuerdos sobre un mínimo de capital total que asciende a 8% de los activos ponderados por riesgo, los coeficientes de cobertura de liquidez y un ratio de apalancamiento mínimo.
También supone la ponderación de los activos totales del banco con base en su riesgo, lo que permite calcular las necesidades de capital.
El Comité de Basilea no consigna en sí mismo una autoridad internacional formal, por tanto, sus decisiones no tienen fuerza legal. Sin embargo, su fortaleza se fundamenta en los compromisos de sus miembros para cumplir su mandato.
En este momento, el Comité de Basilea está presidido por Pablo Hernández de Cos, gobernador del Banco de España.